Asunto: PROCEDIMIENTO. Remitos emitidos por responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado. Resolución General N� 889. Modelo de remito. Su modificación.
BUENOS AIRES, 14 de Septiembre de 2000
B.O. Sin publicar.
VISTO la Resolución General N� 889, y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada norma, los remitos y documentos equivalentes emitidos por responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado deben cumplir con los requisitos, condiciones y procedimientos dispuestos por la Resolución General N� 100, sus modificatorias y complementarias.
Que atento a lo dispuesto en el artículo 7� de la Resolución General N� 3.419 (DGI), sus complementarias y modificatorias, respecto de los datos que deben contener los remitos y documentos de análogas características, corresponde adecuar el modelo de remito aprobado por la Resolución General del visto.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Fiscalización.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7� del Decreto N� 618, de fecha 10 de julio de 1997.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1�.- Sustitúyese el Anexo II de la Resolución General N� 889, por el que se aprueba y forma parte integrante de la presente Resolución General.
ARTICULO 2�.- La presente Resolución General tendrá la vigencia dispuesta en la Resolución General N� 889.
ARTICULO 3�.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION GENERAL N� 895.
Dr. HECTOR CONSTANTINO RODRIGUEZ
ADMINISTRADOR FEDERAL
MGM/bo/me |