Producto: | Microsiga Protheus |
Versiones: | 11.80 e 12.1.7 |
Ocurrencia: | Manual descriptivo de las modificaciones del registro contable digital (SPED ECD) para el layout 4.0 |
Entorno: | SIGACTB - Contabilidad de gestión |
Observaciones: | Layout 4.0 válido para año - calendario 2015 |
Legilación
A partir del 1º de enero de 2015 entró en vigencia el régimen especial de acuerdo con la Ley nº 12.973/2014, en reemplazo a la Medida provisional nº 627/2013. También tuvimos modificaciones complementarias incluidas en la Resolución Normativa RFB nº 1.515/2014, con la finalidad de estabilizar los efectos tributarios en la contabilidad después de la adaptación a las normas internacionales del IFRS y de la eliminación del RTT – Régimen Tributario de Transición.
Publicado en diciembre de 2015 por medio de la ADE/COFIS nº 82/2015, el Manual de orientación de la ECD trae un nuevo layout 4, agregando un nuevo registro para tratar y dejar en evidencia el control de las subcuentas en la ECD, que el Libro mayor auxiliar de las subcuentas que se informarán en los Registros I030 y del I500 al I555. Con base en estos nuevos registros, ¿cuál es el entendimiento con relación a este registro? ¿cómo debe generarse? y ¿qué informaciones deben enviarse? Si existieran operaciones en moneda funcional ¿cómo tratar en la ECD? Se trata de evaluar el estado contable, los valores detallados en subcuentas en el libro mayor auxiliar incluido dentro de la ECD, con el fin de evitar la tributación de inmediato sobre las diferencias en la adopción inicial, de acuerdo con lo que se estipula en los artículos 66 y 67 de la Ley nº 12.973/2014.
Publicado el (05/03/2015) en el Diario oficial de la nación, el Resolución Declaratoria Ejecutiva Cofis nº 17, aprobando el Manual y Layout del Registro Contable Digital (ECD). El manual se puso a disposición en el área de noticias de la SRFB (SPED) el 20 de febrero de 2015, sin embargo, dependía de la oficialización y publicación del Acto Declaratorio prometido para principios de marzo.
Enlace: http://www1.receita.fazenda.gov.br/sistemas/sped-contabil/legislacao.htm
Disponible para download en:
Según el art. 3º de la Resolución Normativa RFB nº 1.420/2013, están obligadas a adoptar la ECD, con relación a los hechos contables ocurridos a partir del 1º de enero de 2014:
I - las personas jurídicas sujetas a la tributación del Impuesto sobre la renta con base en la ganancia real;
II - las personas jurídicas tributadas con base en la ganancia estimada, que distribuyan, a título de ganancias, sin incidencia del Impuesto sobre la Renta Retenido en la Fuente (IRRF), una parte de las ganancias o dividendos superior al valor de la base de cálculo del Impuesto, disminuida de todos los impuestos y aportes a que estuviera obligada; y
III - Las personas jurídicas libres y exentas que, con relación a los hechos ocurridos en el año calendario, hayan sido obligadas a la presentación del Registro Fiscal Digital de los aportes, de acuerdo con los términos de la Resolución Normativa RFB nº 1.252, del 1º de marzo de 2012.
IV – Las Sociedades en Cuenta de Participación (SCP), como libros auxiliares do socio aparente.
§ 1º Queda autorizada la entrega de la ECD a las otras personas jurídicas.
§ 2º Las declaraciones referentes a tributos administrados por el Fisco de Brasil (RFB) exigidas de las personas jurídicas que hayan presentado la ECD, con relación al mismo período, se simplificarán, con el fin de eliminar eventuales redundancias de información.
§ 3º La obligatoriedad a que se refiere este artículo y el art. 3º-A no se aplica:
I - a las personas jurídicas que optan por el Régimen Especial Unificado de Recaudación de Tributos y Aportes adeudados por las Microempresas y Empresas de Pequeño Porte (Simple Nacional), de que trata la Ley complementaria nº 123, del 14 de diciembre de 2006;
II - a los organismos públicos, a las autarquías y a las fundaciones públicas; y
III - a las personas jurídicas inactivas de que trata la Resolución Normativa RFB nº 1.536, del 22 de diciembre de 2014.
§ 4º Con relación a los hechos contables ocurridos en el año de 2013, quedan obligadas a adoptar la ECD para las sociedades empresariales sujetas a la tributación del Impuesto de renta con base en la Ganancia real.
§ 5º Las personas jurídicas del segmento de construcción civil dispensadas de presentar el Registro Fiscal Digital (EFD) y obligadas a registrar el libro Registro de inventario, deben presentarlo en la ECD, como un libro auxiliar.
§ 6º La obligatoriedad prevista en los incisos III y IV del capítulo se aplica con relación a los hechos contables ocurridos hasta el 31 de diciembre de 2015.
Según el art. 3º de la Resolución Normativa RFB nº 1.420/2015, están obligadas a adoptar la ECD, con relación a los hechos contables ocurridos a partir del 1º de enero de 2016:
I - las personas jurídicas libres y exentas obligadas a mantener registro contable, de acuerdo con los términos del apartado “c” del § 2º del art. 12 y del § 3º del art. 15, ambos de la Ley nº 9.532, del 10 de diciembre de 1997, que en el año calendario, o proporcional al período a que se refiere:
a) calculen el Aporte para el PIS/Pasep, Cofins, Aporte previsional incidente sobre el Ingreso de que tratan los arts. 7º a 9º de la Ley nº 12.546, del 14 de diciembre de 2011, y el Aporte incidente sobre la Planilla de haberes, cuya suma sea superior a R$ 10.000,00 (diez mil reales); o
b) obtengan ingresos, donaciones, incentivos, subvenciones, aportes, ayudas, convenios e ingresos semejantes, cuya suma sea superior a R$ 1.200.000,00 (un millón doscientos mil reales).
II - las personas jurídicas tributadas con base en la ganancia estimada, que no se utilice de la prerrogativa prevista en el párrafo único del art. 45 de la Ley nº 8.981, de 1995.
Párrafo único. Las Sociedades en Cuenta de Participación (SCP), enmarcadas en las hipótesis previstas en los incisos I a II del capítulo del art. 3º y del capítulo del art. 3º-A deben presentar a la ECD libros propios o libros auxiliares del socio aparente.
Las reglas de obligatoriedad no toman en consideración si la sociedad empresarial tuvo o no movimiento en el período. Sin movimiento, no quiere decir sin hecho contable. Generalmente, ocurren eventos como depreciación, incidencia de tributos, pago de alquiler, pago del contador, pago de luz, costo con el cumplimiento de obligaciones adicionales, etc.
El plazo se fijó por medio del art. 5º de la Resolución Normativa nº 1.420/2013, reproducido a continuación:
Art. 5º La ECD se transmitirá anualmente al Sped hasta el último día hábil del mes de mayo del año siguiente al año calendario a que se refiere el registro.
§ 1º En los casos de extinción, escisión parcial, escisión total, fusión o incorporación, la ECD debe ser entregada por las personas jurídicas extintas, escindidas, fusionadas, incorporadas e incorporadoras hasta el último día hábil del mes subsiguiente al del evento.
§ 2º El plazo para entrega de la ECD finalizará a las 23h59min59s (veintitrés horas, cincuenta y nueve minutos y cincuenta y nueva segundos), horario de Brasilia, del día fijado para entrega del registro.
§ 3º La obligatoriedad de entrega de la ECD, bajo la forma prevista en el § 1º, no se aplica a la incorporadora, en los casos en que las personas jurídicas, incorporadora e incorporada, estuviera bajo el mismo control societario desde el año calendario anterior al del evento.
§ 4º En los casos de extinción, escisión parcial, escisión total, fusión o incorporación, ocurridos de enero a abril del año de la entrega de la ECD para situaciones normales, el plazo de que trata el § 1º será hasta el último día hábil del mes de mayo del referido año.
§ 5º En los casos de extinión, escisión parcial, escisión total, fusión o incorporación, ocurridos de enero a diciembre de 2014, el plazo de que trata el § 1º será hasta el último día hábil del mes de junio de 2015.
Período del registro | Plazo de entrega |
Situación normal | Último día hábil del mes de mayo del año siguiente al año calendario a que se refiere el registro. |
Situación especial ocurrida de enero a abril del año de entrega de la ECD para situaciones normales (extinción, escisión parcial, escisión total, fusión o incorporación) | Último día hábil del mes de mayo del año siguiente al año calendario a que se refiere el registro. |
Situación especial de mayo a diciembre del año de entrega de la ECD para situaciones normales (extinción, escisión parcial, escisión total, fusión o incorporación) | Último día hábil del mes siguiente al del evento. |
Situación especial ocurrida de enero a diciembre de 2014 (extinción, escisión parcial, escisión total, fusión o incorporación) | Último día hábil del mes de junio de 2015. |
El registro G (Diario general) no puede convivir con ningún otro registro principal en el mismo período, es decir, los registros principales (G, R o B) no pueden coexistir.
El registro G no tiene libros auxiliares A o Z, y, consecuentemente, no puede convivir con estos tipos de registro.
El registro resumido R puede convivir con los libros auxiliares (A o Z).
El libro de balances parciales y balances diarios B puede convivir con los libros auxiliares (A o Z).
-Extinción del Libro S – SCP
-Libros M=Moneda funcional y P-Subcuentas correlativas mencionados en el manual anterior no implementados, lo que para atender estos casos se incluyeron campos adicionales para atender a la moneda funcional y se creó el layout para el Libro mayor auxiliar de las subcuentas que se generará como libro Z.
-Registro 0000 – nuevo campo 20 - IDENT_MF - Identificación de moneda funcional: Indica que el registro abarque valores con base en la moneda funcional (art. 156 de la Resolución Normativa RFB nº 1.515, del 24 de noviembre de 2014).
Si respondiera positivamente (S), debe utilizarse el registro I020 para información de campos adicionales, de acuerdo con las instrucciones del 1.28 del capítulo 1 del manual de orientación.
-Registro J150 – nuevos campos 07/08 - VL_CTA_ULT_DRE – Valor inicial total que consta en el Informe de resultado del ejercicio del último período informado. N 019 02 - No – y campo 08 IND_VL_ULT_DRE Indicador de la situación del valor informado en el campo anterior: D - Gasto o valor que represente una cuota reductora de la ganancia; R - Ingreso o valor que represente incremento de la ganancia; P - Subtotal o total positivo; N – Subtotal o total negativo.
Observación importante:
Las empresas obligadas a transmitir el libro Mayor auxiliar de las subcuentas deben utilizar el libro Z (Mayor auxiliar), los libros R (Diario con registro resumido), o el libro B (Balances parciales diarios y Balances) como principales, tomando en cuenta que el libro G (Diario general) no acepta libros auxiliares;
Para empresas que no trabajan con subcuentas correlativas y no trabajan con moneda funcional las modificaciones solo se realizaron en el registro 0000 y J150.
Los siguientes registros tuvieron modificaciones para considerar el layout 4.00 puesto a disposición por el Fisco de acuerdo con el manual de orientación:
Inclusión de nuevo campo
Modificación de la descripción del campo 20 - IDENT_MF - Identificación de moneda funcional: Indica que el registro abarque valores con base en la moneda funcional (art. 156 de la Resolución Normativa RFB nº 1.515, del 24 de noviembre de 2014).
Nº | Campo | Descripción | Tipo | Tamaño | Decimal | Valores válidos | Obligatorio | Reglas de validación del campo |
01 | REG | Texto fijo con “0000”. | C | 004 | - | “0000” | Sí | - |
02 | LECD | Texto fijo con “LECD”. | C | 004 | - | “LECD” | Sí | - |
03 | DT_INI | Fecha inicial de las informaciones incluidas en el archivo. | N | 008 | - | - | Sí | [REGRA_DATA_INI_ MAIOR] [REGRA_INICIO_ PERÍODO |
04 | DT_FIN | Fecha final de las informaciones incluidas en el archivo. | N | 008 | - | - | Sí | [REGRA_FIM_ PERÍODO |
05 | NOMBRE | Nombre empresarial de la persona jurídica. | C | - | - | - | Sí | - |
06 | RCPJ | Número de inscripción de la persona jurídica en el RCPJ. Observación: Este RCPJ siempre es del Socio aparente, en el caso del archivo de la SCP. | N | 014 | - | - | Sí | [REGRA_VALIDA_ RCPJ |
07 | UF | Sigla de la unidad de la federación de la persona jurídica. | C | 002 | - | - | Sí | [REGRA_TABELA_UF] |
08 | IE | Inscripción estatal de la persona jurídica. | C | - | - | - | No | [REGRA_CAMPO_ CARACTERE_INVALIDO] |
09 | COD_MUN | Código del municipio del domicilio fiscal de la persona jurídica, de acuerdo con la tabla del IBGE – Instituto Brasileño de Geografía y Estadística. | N | 007 | - | - | No | [REGRA_TABELA_ Municipio |
10 | IM | Inscripción municipal de la persona jurídica. | C | - | - | - | No | [REGRA_CAMPO_ CARACTERE_INVALIDO] |
11 | IND_SIT_ESP | Indicador de situación especial (de acuerdo con la tabla publicada por el Sped). | N | 1 | - | - | No | [REGRA_TABELA_ SITUACAO] |
12 | IND_SIT_INI _PER | Indicador de situación al inicio del período (de acuerdo con la tabla publicada por el Sped). | N | 1 | - | - | Sí | [REGRA_TABELA_SIT_ INICIO_PER] |
13 | IND_NIRE | Indicador de existencia de NIRE: 0 – Empresa no está incluida en el Registro comercial (no tiene NIRE) 1 – Empresa está incluida en el Registro comercial (tiene NIRE) | N | 1 | - | [0,1] | Sí | - |
14 | IND_FIN_ESC | Indicador de finalidad del registro: 0 – Original 1 – Sustituta con NIRE 2 – Sustituta sin NIRE 3 – Sustituta con cambio de NIRE | N | 1 | - | [0,1,2,3] | Sí | [REGRA_VALIDA_ FINALIDADE_ECD] |
15 | COD_HASH_ SUB | Hash del registro sustituido. | C | 40 | - | - | No | [REGRA_HASH_ SUBSTITUIDA] [REGRA_VALIDA_ HEXADECIMAL] |
16 | NIRE_SUBST | NIRE del registro sustituido. | N | 11 | - | - | No | [REGRA_VALIDA_NIRE] [REGRA_COMPARA_ NIRES] [REGRA_NIRE_DA_ SUBSTITUIDA] |
17 | IND_GRANDE_PORTE | Indicador del ente sujeto a la auditoría independiente: 0 – Empresa no es entidad sujeta a auditoría independiente. 1 – Empresa es una entidad sujeta a auditoría independiente – Activo total superior a R$ 240.000.000,00 o Ingreso bruto anual superior R$300.000.000,00. | N | 001 | - | [0; 1] | Sí | - |
18 | TIP_ECD | Indicador del tipo de ECD: 0 – ECD de empresa no participante de SCP como socio aparente. 1 – ECD de empresa participante de SCP como socio aparente. 2 – ECD de la SCP. | N | 001 | - | [0; 1; 2] | Sí |
|
19 | COD_SCP | Identificación de la SCP (CNPJ – art. 52 de la Resolución normativa RFB nº 1.470, del 30 de mayo de 2014). Obs.: Solo debe ser completado por la propia SCP con el RCPJ/Código de la SCP (no es completado por el socio aparente). | N | 014 | - |
| No | [REGRA_SCP_OBRIGATORIO] [REGRA_SCP_NAO_PREENCHER] [REGRA_CNPJ_DIFERENT_SCP] |
20 | IDENT_MF | Identificación de moneda funcional: Indica que el registro abarque valores con base en la moneda funcional (art. 156 de la Resolución Normativa RFB nº 1.515, del 24 de noviembre de 2014). Observaciones: En esta situación, debe utilizarse el registro I020 para información de campos adicionales, de acuerdo con las instrucciones del 1.28 del capítulo 1 del manual | C | 001 | - | [S; N] | Sí |
|
El campo 20 se agregó al layout 4.00 y se trató en el sistema con la inclusión de nuevas preguntas en el asistente de registro digital.
Después que el usuario pulsa en Incluir, en la pantalla principal de la Central de registro, se muestra la pregunta para la selección del layout, de la siguiente manera:
Pantalla para selección del layout
Selección del layout:
( )Layout 1.0
( )Layout 2.0
( )Layout 3.0
( X )Layout 4.0
Después de este paso, en la pantalla siguiente, al avanzar con la barra, se muestra la inclusión de una nueva pregunta para la digitación del nuevo campo 20 del registro 0000 – ¿Moneda funcional diferente de la moneda nacional?
¿Moneda funcional diferente de la nacional?
( ) Sí
( X ) No
Al avanzar con la barra de Scroll, se muestra la pregunta después de la selección del código del plan referencial.
Para grabar la respuesta de esta pregunta, se crea un nuevo campo en la tabla CS0 – ECD – Revisiones, donde se grabará en la primera posición S o N.
Campo: CS0_MOEFUN C 250 – Moneda funcional
Para quien trabaja con moneda funcional o va a presentar el Libro Z con el Libro mayor auxiliar de subcuentas como facilitador, creamos un layout de importación de datos por el configurador, utilizando la herramienta MILE para el registro de Layout auxiliar accedido por el menú SIGACTB en Actualizaciones / Registro contable / Registros / Layout auxiliar.
Para importar el layout del MILE:
-grabar el archivo MOED_FUNC_E_RAZ_AUX_SUBCTA_CFG_MILE.XML del paquete de la ECD en el directorio /System
-acceder al configurador (SIGACFG)
-En Aceleradores / MILE / Layouts pulsar en Acciones relacionadas Layouts / Importar
-Seleccione el archivo MOED_FUNC_E_RAZ_AUX_SUBCTA_CFG_MILE.XML
También hemos puesto a disposición 2 archivos texto como ejemplo, preparados para su importación por la herramienta MILE para el registro de Layout auxiliar en Registro contable / Registros:
- LIBRO MAYOR SUBCUENTAS: RAZ_AUX_SUBCTA_CTB.TXT
- MONEDA FUNCIONAL: LEIAUTE_MOEDA_FUNCIONAL.TXT
Observación: Verificar campos que están fijo en el txt con relación al código del layout y si existiera en la base este código de layout, modifique el txt a un nuevo código
El archivo RAZ_AUX_SUBCTA_CTB.TXT se utilizará para importación del layout referente al Libro mayor auxiliar de subcuentas que se presentará vía Libro Z de la ECD y el código de éste se solicitará cuando se pulse la opción Importar libro mayor en la pantalla principal de generación de revisión de la ECD.
El archivo LEIAUTE_MOEDA_FUNCIONAL.TXT se utilizará para importación del layout referente a los campos adicionales que se incluirán en los registros de la ECD para mostrar los valores sin influencia de la moneda funcional, de acuerdo con el manual de orientación de la ECD.
Para más informaciones sobre la herramienta MILE puede obtenerse en el enlace:
http://tdn.totvs.com.br/display/framework/MILE+-+Model+Integrator+Layout+Engine
Código de la versión del layout contable.
Nº | Campo | Descripción | Tipo | Tamaño | Decimal | Valores válidos | Obligatorio | Reglas de validación del campo |
01 | REG | Texto fijo con “I010”. | C | 004 | - | "I010" | Sí | - |
02 | IND_ESC | Indicador de la forma de registro contable:
G - Libro diario (Completo sin registro auxiliar).
R - Libro diario con registro resumido (con registro auxiliar).
A - Libro diario auxiliar para el Diario con registro resumido.
B - Libro Balances parciales diarios y Balances.
Z – Libro mayor auxiliar (Libro contable auxiliar de acuerdo con el layout definido en los registros de I500 a I555). | C | 001 | - | [“G”,”R”, ”A”,”B”, ”Z”; “S”] | Sí | - |
03 | COD_VER_LC | Código de la versión del layout contable. (Completar con 4.00) | C | - | - | [4.00] | Sí |
Campo 03 – COD_VER_LC: Código de la versión del layout contable.
A partir del año calendario 2015: Versión 4.00.
Inclusión de nuevos campos:
Nº | Campo | Descripción | Tipo | Tamaño | Decimal | Valores válidos | Obligatorio | Reglas de validación del campo |
01 | REG | Texto fijo con “J150”. | C | 004 | - | “J150” | Sí | - |
02 | COD_AGL | Código de agrupación de las cuentas, atribuido por la persona jurídica. | C | - | - | - | No | [REGRA_COD_AGL_ OBRIGATORIO] |
03 | NIVEL_AGL | Nivel del Código de agrupación (mismo concepto del plan de cuentas – Registro I050). | N | - | - | - | Sí | - |
04 | DESCR_COD_AGL | Descripción del Código de agrupación. | C | - | - | - | Sí | - |
05 | VL_CTA | Valor total del Código de agrupación en el Estado de resultado del ejercicio en el período informado. | N | 019 | 02 | - | Sí | - |
06 | IND_VL | Indicador de la situación del valor informado en el campo anterior: D - Gasto o valor que represente una cuota reductora de la ganancia. R - Ingreso o valor que represente incremento de la ganancia. P - Subtotal o total positivo. N – Subtotal o total negativo. | C | 001 | - | [“D”,”R”, ” P”,”N” ] | Sí | - |
07 | VL_CTA_ULT_DRE | Valor inicial total que consta en el Estado del resultado del ejercicio del último período informado. | N | 019 | 02 | - | No | - |
08 | IND_VL_ULT_DRE
| Indicador de la situación del valor informado en el campo anterior: D - Gasto o valor que represente una cuota reductora de la ganancia. R - Ingreso o valor que represente incremento de la ganancia. P - Subtotal o total positivo. N – Subtotal o total negativo. | C | 001 | - | [“D”,”R”, ” P”,”N” ] | No | - |
En los casos previstos en la Resolución normativa RFB nº 1.515, del 24 de noviembre de 2014, será necesaria la información del libro mayor auxiliar referente a subcuentas.
El libro mayor auxiliar de las subcuentas se implementará en la ECD a partir de enero de 2016. Por lo tanto, las empresas obligadas a utilizar el libro mayor auxiliar, de acuerdo con la Resolución normativa RFB nº 1.515, del 24 de noviembre de 2014, transmitirán el libro “Z” en la ECD de 2016 (año calendario 2015). Las empresas que también están obligadas a utilizar el libro mayor auxiliar en el año calendario 2014, también entregarán el libro “Z” en la ECD de 2016.
| ECD de 2016 |
Empresas obligadas a utilizar el Libro mayor auxiliar a partir del año calendario 2014 | Deben transmitir el libro “Z” en el formato RAS de los años calendario 2014 y 2015. |
Empresas obligadas a utilizar el Libro mayor auxiliar a partir del año calendario 2015 | Deben transmitir el libro “Z” en el formato RAS del año calendario 2015. |
Las empresas obligadas a transmitir el libro mayor auxiliar de las subcuentas (debe utilizarse el libro “Z”), deben utilizar los libros “R” (diario con registro resumido) o “B” (balances parciales diarios y balances) como principales, tomando en cuenta que el libro “G” (diario general), no acepta libros auxiliares.
Debe adoptarse el modelo estándar de libro mayor auxiliar de las subcuentas (las informaciones deben completarse en los registros I030 y de I500 a I555), de acuerdo con lo siguiente:
Modalidades del libro que se informarán en el campo 4 del registro I030:
RAZAO_AUXILIAR_DAS_SUBCONTAS
RAZAO_AUXILIAR_DAS_SUBCONTAS_MF (en el caso de ECD, con base en moneda funcional)
Se modificó la regla de validación en el registro de Subcuentas, transcrito del manual de acuerdo con lo siguiente:
IV – Reglas de validación de campos:
REGRA_NAT_090_UNICA_POR_CONTA: Verifica si existe, como máximo, dos subcuentas de modalidad 90 o 91 o 92 o 93 o 95 (I053.NAT_SUB_CNT) para cada cuenta (I050.COD_CTA). Si la regla no se cumple, el PVA del Sped Contable genera un error
Hemos puesto a disposición el archivo RAZ_AUX_SUBCTA_CTB.TXT, que se utilizará para importación del layout referente al Libro mayor auxiliar de subcuentas que se presentará por medio del Libro Z de la ECD y el código de éste se solicitará cuando se pulse la opción Importar libro mayor en la pantalla principal de generación de revisión de la ECD.
Campos que se informarán en el registro I510, en la siguiente orden:
Nº | Campo | Descripción | Tipo | Tamaño | Decimal |
01 | REG | Identificador del registro: I510 | C | 004 | - |
02 | NAT_SUB_CNT | Modalidad de la subcuenta correlativa, de acuerdo con la tabla del registro I053. | C | 002 | - |
03 | COD_SUB_CNT | Código de la subcuenta vinculada al ítem. | C | 020 | - |
04 | COD_CCUS | Código del centro de costos vinculado al ítem, cuando aplicable. | C | 020 | - |
05 | CNPJ_INVTD | RCPJ de la empresa invertida que tiene la subcuenta de AVJ, cuyo reflejo se evidencia por el declarante. Observación: Este campo solo deben completarse en el caso de AVJ Reflejo (Código 60 de la tabla del registro I053) y de AVJ Suscripción de capital (Código 65 de la tabla del registro I053). | N | 014 |
|
06 | COD_PATR_ITEM | Código definido por la persona jurídica para identificar el ítem (activo/pasivo). Observación: En el caso de AVJ reflejo, será la identificación del ítem en la persona jurídica invertida. | C | 010 | - |
07 | QTD | Cantidad inicial del ítem, en la misma precisión utilizada por la metodología contable. Cuando se traten de activos/pasivos con las mismas características/calidades, como activos biológicos y contratos de operaciones en bolsa de valores, es posible agrupar todos por medio de las características comunes. | N | 015 | - |
08 | IDENT_ITEM | Conjunto de caracteres utilizado para individualizar el bien, de acuerdo con su modalidad. Ejemplos: Matrícula para vehículos automotores, matrícula del registro para inmuebles, marca/modelo para equipamientos, raza/edad/sexo para animales vivos, serie del derivativo en bolsa, etc. | C | 030 | - |
09 | DESCR_ITEM | Descripción resumida del ítem. Observación: En el caso de AVJ reflejo, será la descripción del ítem perteneciente al patrimonio de la inversión. | C | 050 | - |
10 | DATA_RECT_INI | Fecha del reconocimiento contable del ítem (ddmmaaaa). Es la fecha en que ocurrió el registro inicial en el sistema contable, aunque sea anterior al ejercicio actual. En situaciones justificables por la complejidad en la identificación de la información, podrá informarse un registro aproximado donde consta hasta el 31/12 del año. Ejemplo: 31122004 (31/12/2004). | C | 008 | - |
11 | SLD_ITEM_INI | Saldo inicial de la cuenta contable que registra el ítem (activo/pasivo) al cual está vinculada la subcuenta. El saldo que se informará corresponde al saldo antes de que ocurra el evento originario del asiento en la subcuenta mostrado en el libro mayor auxiliar. Observación: En el caso del AVJ reflejo, será el saldo inicial de la subcuenta AVJ en la invertida. | N | 019 | 002 |
12 | IND_SLD_ITEM_INI | Indicador del saldo inicial de la cuenta contable: D – Deudor C – Acreedor | C | 001 | - |
13 | REAL_ITEM | Cuota de la realización del ítem registrado en el patrimonio de la invertida/emisor al cual está vinculada la subcuenta. Ejemplo: Depreciación, enajenación, integrar capital de otra persona jurídica. | N | 019 | 002 |
14 | IND_REAL_ITEM | Indicador de la realización del ítem: D – Deudor C – Acreedor | C | 001 | - |
15 | SLD_ITEM_FIN | Saldo final de la cuenta contable que registra la cuenta (activo/pasivo) al cual está vinculada la subcuenta. Corresponde al saldo después de que ocurrió el evento originario del asiento en la subcuenta, mostrado en el libro mayor auxiliar, como por ejemplo, la baja del bien, cuando su valor será puesto en cero. Observación: En el caso del AVJ reflejo, será el saldo inicial de la subcuenta AVJ en la invertida. | N | 019 | 002 |
16 | IND_SLD_ITEM_FIN | Indicador del saldo final de la cuenta contable: D – Deudor C – Acreedor | C | 001 | - |
17 | SLD_SCNT_INI | Saldo inicial representativo del ítem en la subcuenta antes del asiento que se mostrará en este registro. Este valor puede no coincidir con el saldo presentado en la ECD para este instante, ya que muestra únicamente la cuota atribuible a este ítem. | N | 019 | 002 |
18 | IND_SLD_SCNT_INI | Indicador del saldo inicial de la subcuenta: D – Deudor C – Acreedor
| C | 001 | - |
19 | DEB_SCNT | Valor registrado a débito en la subcuenta correspondiente únicamente a la participación del ítem en la composición de un asiento resumido en la ECD, que puede abarcar varios eventos sobre diferentes ítems. | N | 019 | 002 |
20 | CRED_SCNT | Valor registrado a crédito en la subcuenta correspondiente únicamente a la participación del ítem en la composición de un asiento resumido en la ECD, que puede abarcar varios eventos sobre diferentes ítems. | N | 019 | 002 |
21 | SLD_SCNT_FIN | Saldo final representativo de este ítem en la subcuenta después del asiento mostrado en este registro. Este valor puede no coincidir con el saldo presentado en la ECD para este instante, ya que muestra únicamente la cuota atribuible a este ítem. | N | 019 | 002 |
22 | IND_SLD_SCNT_FIN | Indicador del saldo final de la subcuenta: D – Deudor C – Acreedor | C | 001 | - |
23 | DATA_LCTO | Fecha del asiento contable consolidado en la subcuenta. Equivale al campo 3 del registro I200 (I200.DT_LCTO) correspondiente a la subcuenta. | C | 008 | - |
24 | NR_LCTO | Número de identificación única del asiento contable consolidado en la subcuenta. Equivale al campo 2 del registro I200 (I200.NUM_LCTO) correspondiente a la subcuenta. | N | 020 | - |
25 | VLR_LCTO | Valor del asiento contable consolidado en la subcuenta. Representa el campo 4 del registro I250 (I250.VL_DC) correspondiente a la subcuenta. Ejemplo: Pérdida referente a la AVJ de un bien, baja de la subcuenta por enajenación de otro, ganancia referente a la AVJ en otro bien, etc. | N | 019 | 002 |
26 | IND_VLR_LCTO | Indicador del asiento: D – Débito C – Crédito | C | 001 | - |
27 | IND_ADOC_INI | Indicador de registro referente a la adopción inicial. 1 – Sí 2 – No | C | 001 | - |
Para inclusión de una revisión de la ECD para el diario auxiliar (Libro Z) ir hasta la ECD en el árbol principal y pulsar la opción Imp.Libro mayor ubicado en la barra inferior de la central de registro y seguir los pasos de los asistentes:
Parámetro | Descripción |
---|---|
Archivo | Este archivo debe estar en el formato TXT separado por barra vertical ( | pipes) y debe seguir el layout estándar anterior |
Período inicial del asiento | Informar la fecha inicial del período |
Período final del asiento | Informar la fecha final del período |
Layout | Informar el código del layout estándar importado en el registro de layout auxiliar |
Número de orden del libro | Informar el número de orden del libro |
Modalidad del libro | Debe digitarse RAZAO_AUXILIAR_DAS_SUBCONTAS o RAZAO_AUXILIAR_DAS_SUBCONTAS_MF (en el caso de ECD con base en moneda funcional) |
Indicador de inicio de período | Seleccione la opción: 0 - Normal (Inicio en el primer día del año) |
Indicador de existencia de NIRE | Seleccione la opción: 0 – Empresa no está incluida en el Registro comercial (no tiene NIRE) 1 – Empresa está incluida en el Registro comercial (tiene NIRE) |
Indicador de finalidad de registro | Seleccione la opción: 0 - Original 1 - Sustituta de un registro que tenga NIRE 2 - Sustituta de un registro que no tenga NIRE 3 – Sustituta de un registro en el caso en que ocurra con cambio de NIRE |
Hash del registro sustituido | Informar el código hash del registro origen |
NIRE del registro sustituido | Informar el código NIRE del registro origen |
Indicador de empresa de gran tamaño | Seleccione la opción: 0 – Empresa no es entidad sujeta a auditoría independiente. 1 – Empresa es una entidad sujeta a auditoría independiente – Activo total superior a R$ 240.000.000,00 o Ingreso bruto anual superior R$300.000.000,00. |
Plan de cuentas referencial | Seleccione la opción: 1 - PJ en general (L100A + L300A da ECF) |
Código Plan de cuentas referencial | Informe el código del plan de cuentas referencial en el SIGACTB - Contabilidad de gestión |
Moneda funcional diferente de la nacional | Seleccione la opción: 1 - Sí 2 - No |
Las personas jurídicas obligadas a transmitir, por Sped, el registro en moneda funcional diferente de la moneda nacional, según los términos del art. 156 de la Resolución normativa RFB nº 1.515, del 24 de noviembre de 2014, deben completar el campo de identificación de moneda funcional del registro 0000 (0000.IDENT_MF) con “S” (Sí) que consta en el layout 4.
Si el 0000.IDENT_MF fuera igual a “S”, los campos existentes en los registros I155, I157, I200, I250, I310 e I355 deben completarse con los valores basados en moneda funcional, de acuerdo con lo previsto en los artículos 155 y 156 de la Resolución Normativa RFB en el 1.515/2014. Consecuentemente, los valores del bloque J se verificarán por el programa de la ECD, por medio de los códigos de agrupación, considerando los valores basados en moneda funcional de los registros del bloque I.
Si trabaja con moneda funcional, al finalizar el Wizard de inclusión de la revisión de la ECD se mostrará la nueva pantalla solicitando las siguientes informaciones:
-Moneda nacional
-Código del layout auxiliar (referente a los campos adicionales)
-Tasa enero
-Tasa enero
-Tasa febrero
-Tasa marzo
-Tasa abril
-Tasa mayo
-Tasa junio
-Tasa julio
-Tasa agosto
-Tasa septiembre
-Tasa octubre
-Tasa noviembre
-Tasa diciembre
-Tasa media
Estas informaciones se grabarán en el campo CS0_MOEFUN entre pipes (|) a partir de la segunda posición y servirán para la conversión de los valores de la moneda funcional en moneda nacional, de acuerdo con los siguientes criterios:
-Cuentas de activo y pasivo – se utilizará la tasa de cierre (diciembre) para conversión
-Cuentas de patrimonio neto – se utilizará la tasa histórica (cambio de la fecha de ocurrencia)
-Cuentas de resultado – se utilizará la tasa media (tasas de enero a diciembre/12) para conversión
Contenido del campo CS0_MOEFUN:
1ª. Posición – Se utiliza moneda funcional “S”
A partir de la segunda posición entre pipes (|)
| MONEDA NACIONAL |MONEDA FUNCIONAL|CÓDIGO LAYOUT AUXILIAR |AÑO BASE|TASA ENERO|TASA FEBRERO|TASA MARZO|TASA ABRIL|TASA MAYO|TASA JUNIO|TASA JULIO|TASA AGOSTO|TASA SEPTIEMBRE|TASA OCTUBRE|TASA NOVIEMBRE|TASA DICIEMBRE|TASA CIERRE|TASA MEDIA|
Pantalla:
Tasas para conversión moneda funcional en moneda nacional
Moneda nacional: | ______ | Layout auxiliar: | ______ |
Tasa enero: | 0,0000 | Tasa febrero: | 0,0000 |
Tasa marzo: | 0,0000 | Tasa abril: | 0,0000 |
Tasa mayo: | 0,0000 | Tasa junio: | 0,0000 |
Tasa julio: | 0,0000 | Tasa agosto: | 0,0000 |
Tasa septiembre: | 0,0000 | Tasa octubre: | 0,0000 |
Tasa noviembre: | 0,0000 | Tasa diciembre: | 0,0000 |
Tasa de cierre: (Copia diciembre | 0,0000 | Tasa media: (Cálculo – Suma Ene a Dic / 12 ) | 0,0000 |
|
|
| [Opción retirar cambio] |
La acción de la opción Retirar cambio completará los campos con las tasas de la moneda nacional con base en la Tabla CTP – Cambios.
Se modificarán los archivos XML con las nomenclaturas ¿ECD_LIVRO_?, ¿dónde? representa el libro que se presentará en la ECD, de acuerdo con el manual de orientación del Fisco.
Todos los libros del registro contable pueden incluirse en el Sped Contable, en sus diversas formas.
Están previstas las siguientes formas de registro:
• G - Diario general;
• R - Diario con registro resumido (vinculado al libro auxiliar);
• A - Diario auxiliar;
• Z - Mayor auxiliar;
• B - Libro de balances parciales diarios y de balances)
Se creó la sesión en el xml para generar el Registro I020 con el fin de incluir los campos adicionales cuando la empresa trabaja con moneda funcional para todos los libros.
Nº | Campo | Descripción | Tipo | Tamaño | Decimal | Valores válidos | Obligatorio | Reglas de validación del campo |
01 | REG | Texto fijo con “I020”. | C | 004 | - | "I020" | Sí | - |
02 | REG_COD | Código del registro que recepciona el campo adicional. | C | 004 | - | [del “I050” al “I355”] | Sí | [REGRA_REG_COD_NUM_AD_DUPLICADO] |
03 | NUM_AD | Número secuencial del campo adicional. | N | - | - | - | Sí | - |
04 | Campo | Nombre del campo adicional. | C | - | - | - | Sí | - |
05 | DESCRIPCIÓN | Descripción del campo adicional. | C | - | - | - | No | - |
06 | Tipo | Indicación del tipo de dato (N: numérico; C: carácter). | C | - | - | [“N”,”C”] | Sí | - |
Se crearon nuevos campos en los archivos XML para considerar los campos adicionales.
- REGISTRO I155: DETALLE DE LOS SALDOS PERIÓDICOS
- REGISTRO I200: ASIENTOS CONTABLE
- REGISTRO I250: PARTIDAS DEL ASIENTO
- REGISTRO I355: DETALLES DE LOS SALDOS DE LAS CUENTAS DE RESULTADO ANTES DEL CIERRE
- REGISTRO I155: DETALLE DE LOS SALDOS PERIÓDICOS
- REGISTRO I310: DETALLES DEL BALANCE PARCIAL DIARIO (solamente para personas jurídicas que hacen balances parciales diarios). LIBRO B
Nº | Campo | Descripción | Tipo | Tamaño | Decimal | Valores válidos |
10 | VL_SLD_INI_AUX | Valor del saldo inicial del período en una moneda que no refleje los efectos de la moneda funcional. | N | 019 | 02 | - |
11 | IND_DC_INI_AUX | Indicador de la situación del saldo inicial en moneda que no refleje los efectos de la moneda funcional.:D - Deudor;C - Acreedor. | C | 001 | - | [“D”,”C”] |
12 | VL_DEB_AUX | Valor total de los débitos del período en moneda que no refleje los efectos de la moneda funcional. | N | 019 | 02 | - |
13 | VL_CRED_AUX | Valor total de los créditos del período en moneda que no refleja los efectos de la moneda funcional. | N | 019 | 02 | - |
14 | VL_SLD_FIN_AUX | Valor del saldo final del período en moneda que no refleje los efectos de la moneda funcional. | N | 019 | 02 | - |
15 | IND_DC_FIN_AUX | Indicador de la situación del saldo final en moneda que no refleje los efectos de la moneda funcional.:D - Deudor;C - Acreedor. | C | 001 | - | [“D”,”C”] |
Nº | Campo | Descripción | Tipo | Tamaño | Decimal | Valores válidos |
06 | VL_SLD_INI_AUX | Valor del saldo inicial del período en una moneda que no refleje los efectos de la moneda funcional. | N | 019 | 02 | - |
07 | IND_DC_INI_AUX | Indicador de la situación del saldo inicial en moneda que no refleje los efectos de la moneda funcional: D - Deudor; C - Acreedor. | C | 001 | - | [“D”,”C”] |
Nº | Campo | Descripción | Tipo | Tamaño | Decimal | Valores válidos |
06 | VL_LCTO_AUX | Valor del asiento en moneda que no refleje los efectos de la moneda funcional. | N | 019 | 02 | - |
Nº | Campo | Descripción | Tipo | Tamaño | Decimal | Valores válidos |
10 | VL_DC_AUX | Valor de la partida en moneda que no refleja los efectos de la moneda funcional. | N | 019 | 02 | - |
11 | IND_DC_AUX | Indicador de la modalidad de la partida en moneda que no refleja los efectos de la moneda funcional. D - Débito; C - Crédito. | C | 001 | - | [“D”,”C”] |
Nº | Campo | Descripción | Tipo | Tamaño | Decimal | Valores válidos |
06 | VAL_DEB_AUX | Total de los débitos del día en moneda que no refleja los efectos de la moneda funcional. | N | 019 | 02 | - |
07 | VAL_CRED_AUX | Total de los créditos del día en moneda que no refleja los efectos de la moneda funcional. | N | 019 | 02 | - |
Nº | Campo | Descripción | Tipo | Tamaño | Decimal | Valores válidos |
06
| VL_CTA_AUX | Valor del saldo final antes del asiento de cierre en moneda que no refleja los efectos de la moneda funcional.. | N | 019 | 02 | - |
07 | IND_DC_AUX | Indicador de la situación del saldo final en moneda que no refleja los efectos de la moneda funcional: D - Deudor; C - Acreedor. | C | 001 | - | [“D”,”C”] |
- Cuentas de activo y pasivo – Utilizaremos la tasa de cierre, generalmente la tasa del último día hábil de diciembre.
-Cuentas de patrimonio neto – Utilizaremos la tasa histórica, es decir, la tasa de la moneda en el día de la ocurrencia del hecho contable, por lo tanto, es extremadamente importante que el registro de cambio siempre esté actualizado (tabla CTP).
-Cuentas de resultados – Utilizaremos la tasa media (generalmente, la tasa de enero a diciembre dividida entre 12 (doce).
Para soportar esta funcionalidad aumentamos campos adicionales para almacenar la extracción de los datos en moneda funcional y moneda nacional y modificamos la forma de almacenamiento en los campos existentes, de acuerdo con lo siguiente:
Campo | Estatus | Descripción |
---|---|---|
CSA_VLLCTO | Campo existente | Este campo debe recalcularse porque es un totalizador del lote en el día, que puede tener diversos documentos vinculados a este, con diversas formas de conversión de los valores de la moneda funcional al valor en moneda nacional (Real). |
CSA_VLLFUN | Nuevo - N 16 2 | Valor en la moneda funcional – Totalizador utilizado únicamente para rastreo de la información (suma de las partidas del asiento en moneda funcional). |
CSA_ADDVLL | Nuevo - N 16 2 | Valor en la moneda nacional - Totalizador utilizado para informar en el registro I200, en los campos adicionales (suma de las partidas de asiento en moneda nacional). |
Campo | Estatus | Descripción |
---|---|---|
CSB_VLPAR | Campo existente | Recibirá el valor de la partida en la moneda funcional convertido a la tasa de acuerdo con los criterios establecidos anteriormente ( * ) |
CSB_FUPART | Nuevo - N 16 2 | Valor de la partida en moneda funcional |
CSB_TAXA | Nuevo - N 10 4 | Tasa de conversión para alimentar campo CSB_VLPART – En este campo se almacenará la tasa para uso de la fórmula CSA_FUPART / CSA_TAXA |
CSB_ADPART | Nuevo - N 16 2 | Valor de la partida en moneda nacional |
Campo | Estatus | Descripción |
---|---|---|
CSL_VLPART | Campo existente | Recibirá el valor de la partida en la moneda funcional convertido a la tasa de acuerdo con los criterios establecidos anteriormente ( * ) |
CSL_FUPART | Nuevo - N 16 2 | Valor de la partida en moneda funcional |
CSL_TAXA | Nuevo - N 10 4 | Tasa de conversión para alimentar campo CSB_VLPART – En este campo se almacenará la tasa para uso de la fórmula CSA_FUPART / CSA_TAXA |
CSL_ADPART | Nuevo - N 16 2 | Valor de la partida en moneda nacional |
Campo | Estatus | Descripción |
---|---|---|
CSC_VALIN | Campo existente | Recibirá el valor del saldo inicial en la moneda funcional convertido a la tasa, de acuerdo con los criterios establecidos anteriormente ( * ) |
CSC_VALDE | Campo existente | Recibirá el valor de los débitos en el período en la moneda funcional convertido por la tasa, de acuerdo con los criterios establecidos anteriormente ( * ) |
CSC_VALCRE | Campo existente | Recibirá el valor de los créditos en moneda funcional convertido por la tasa, de acuerdo con los criterios establecidos anteriormente ( * ) |
CSC_VALMOV | Campo existente | Recibirá el valor de los créditos – débitos convertidos en moneda nacional |
CSC_VALFIN | Campo existente | Recibirá el saldo final en la moneda funcional convertido por la tasa, de acuerdo con los criterios establecidos anteriormente ( * ) |
CSC_FUNINI | Nuevo - N 16 2 | Valor del saldo inicial en moneda funcional |
CSC_FUNDEB | Nuevo - N 16 2 | Valor de los débitos en el período en moneda funcional |
CSC_FUNCRE | Nuevo - N 16 2 | Valor de los créditos en el período en moneda funcional |
CSC_FUNMOV | Nuevo - N 16 2 | Valor de los créditos – Débitos en moneda funcional |
CSC_FUNFIN | Nuevo - N 16 2 | Valor del saldo final en moneda funcional |
CSC_ADDINI | Nuevo - N 16 2 | Valor del saldo inicial en moneda nacional |
CSC_ADDDEB | Nuevo - N 16 2 | Valor de los débitos en el período en moneda nacional |
CSC_ADDCRE | Nuevo - N 16 2 | Valor de los créditos en el período en moneda nacional |
CSC_ADDMOV | Nuevo - N 16 2 | Valor de los créditos – Débitos en moneda nacional |
CSC_ADDFIN | Nuevo - N 16 2 | Valor del saldo final en moneda nacional |
CSC_TAXA | Nuevo - N 10 4 | Tasa de conversión – En este campo se almacenará la tasa para uso de la formula VALOR EN MONEDA FUNCIONAL / TASA |
Campo | Estatus | Descripción |
---|---|---|
CSG_VALINI | Campo existente | Valor del saldo inicial en moneda funcional convertido por la tasa, de acuerdo con los criterios establecidos anteriormente ( * ) |
CSG_VALDEB | Campo existente | Recibirá el valor de los débitos en el período en la moneda funcional convertido por la tasa, de acuerdo con los criterios establecidos anteriormente ( * ) |
CSG_VALCRE | Campo existente | Valor en moneda funcional convertido por la tasa, de acuerdo con los criterios establecidos anteriormente ( * ) |
CSG_VALMOV | Campo existente | Valor de los créditos – Débitos en moneda nacional |
CSG_VALFIN | Campo existente | Valor del saldo final en moneda funcional convertido por la tasa, de acuerdo con los criterios establecidos anteriormente ( * ) |
CSG_FUNINI | Nuevo - N 16 2 | Valor del saldo inicial en moneda funcional |
CSG_FUNDEB | Nuevo - N 16 2 | Valor de los débitos en el período en moneda funcional |
CSG_FUNCRE | Nuevo - N 16 2 | Valor de los créditos en el período en moneda funcional |
CSG_FUNMOV | Nuevo - N 16 2 | Valor de los créditos - Débitos en el período en moneda funcional |
CSG_FUNFIN | Nuevo - N 16 2 | Valor del saldo final en moneda funcional |
CSG_ADDINI | Nuevo - N 16 2 | Valor del saldo inicial en moneda nacional |
CSG_ADDDEB | Nuevo - N 16 2 | Valor de los débitos en el período en moneda nacional |
CSG_ADDCRE | Nuevo - N 16 2 | Valor de los créditos en el período en moneda nacional |
CSG_ADDMOV | Nuevo - N 16 2 | Valor de los créditos – Débitos en moneda nacional |
CSG_ADDFIN | Nuevo - N 16 2 | Valor del saldo final en moneda nacional |
CSG_TAXA | Nuevo - N 10 4 | Tasa de conversión – En este campo se almacenará la tasa para uso de la formula VALOR EN MONEDA FUNCIONAL / TASA |
El criterio para definir si la cuenta activo / pasivo / patrimonio neto /resultado será verificar en el plan de cuentas la cuenta inicial del rango establecido en la visión de gestión.
Campo | Estatus | Descripción |
---|---|---|
CSE_VALOR | Campo existente | Valor en moneda funcional convertido por la tasa, de acuerdo con los criterios establecidos anteriormente ( * ) |
CSE_VLRINI | Campo existente | Valor del saldo inicial en moneda funcional convertido por la tasa, de acuerdo con los criterios establecidos anteriormente ( * ) |
CSE_VLRFIM | Campo existente | Valor del saldo final en moneda funcional convertido por la tasa, de acuerdo con los criterios establecidos anteriormente ( * ) |
CSE_FUNVLR | Nuevo - N 16 2 | Valor en moneda funcional |
CSE_FUNINI | Nuevo - N 16 2 | Valor del saldo inicial en moneda funcional |
CSE_FUNFIM | Nuevo - N 16 2 | Valor del saldo final en moneda funcional |
CSE_TAXA | Nuevo - N 10 4 | Tasa de conversión – En este campo se almacenará la tasa para uso de la formula VALOR EN MONEDA FUNCIONAL / TASA |
Para más información sobre la creación de los campos y ajustes técnicos para adecuación de las rutinas de la ECD al layout 4.0, consulte el siguiente enlace:
Enlace TDN: TUMDCC_DT_ECD_SPED_Contábil_Novos_Campos_Leiaute_4
De acuerdo con la Resolución Normativa RFB no XXXX, del XX de diciembre de 2015, las Sociedades en Cuenta de participación (SCP) están obligadas a entregar a la ECD en las siguientes situaciones:
| Obligatoriedad de entrega de la ECD | Observación |
SCP tributada por la ganancia real | Sí | - |
SCP tributada con base en la ganancia estimada, que distribuya, a título de ganancias, sin incidencia del Impuesto sobre la Renta Retenido en la Fuente (IRRF), una parte de las ganancias o dividendos superior al valor de la base de cálculo del Impuesto, disminuida de todos los impuestos y aportes a que estuviera obligada. | Sí | - |
SCP libres y exentas que hayan sido obligadas a presentar el Registro Fiscal Digital de los Aportes, de acuerdo con los términos de la Resolución Normativa RFB nº 1.252, del 1º de marzo de 2012, quedan obligadas a adoptar la ECD con relación a los hechos contables ocurridos en los años 2014 y 2015 | Sí | - |
SCP libres y exentas obligadas a mantener registro contable, de acuerdo con los términos del apartado “c” del § 2º del art. 12 y del § 3º del art. 15, ambos de la Ley nº 9.532, del 10 de diciembre de 1997, que actúen en el año calendario, o proporcional al período a que se refiere: a) aportes, objeto de registro en los términos de la Resolución Normativa RFB nº 1.252, del 01 de marzo de 2012, incluso el Aporte incidente sobre la Planilla de haberes, superiores a R$ 10.000,00 (diez mil reales); o b) ingresos, donaciones, incentivos, subvenciones, aportes, subsidios, convenios e ingresos semejantes, superiores a R$ 1.200.000,00 (un millón doscientos mil reales). | Sí | A partir del año calendario 2016 |
SCP tributadas con base en la ganancia estimada obligada a mantener registro contable, de acuerdo con los términos del inciso I del capítulo del art. 45 de la Ley nº 8.981, del 20 de enero 1995, que no se valgan de la prerrogativa prevista en el párrafo único del art. 45 de la Ley nº 8.981, de 1995. | Sí | A partir del año calendario 2016 |
Otros SCP | No |
|
Hay que se resaltar que los campos 0000.CNPJ y 0030.CNPJ deben informarse con el CNPJ (Registros de contribuyente) de la socia aparente. El CNPJ de la SCP se informa en el campo 0000.COD_SCP.
Para cumplir con las situaciones previstas anteriormente, referentes a las SCP, podrán utilizarse los libros “G”, “R”, “B”, “A” o “Z”.
El Plan de Cuentas Referencial debe adoptarse igual al de la ECF, de acuerdo con lo informado en el Manual y Layout del Registro Contable Digital (ECD) manteniendo el mismo procedimiento de vinculación al plan de cuentas de la empresa. Para la importación, deben concatenarse los archivos con las cuentas patrimoniales y de resultados correspondientes a la forma de tributación de la empresa, por ejemplo, considerando que la empresa es persona jurídica en General (Ganancial real) y debe concatenar los archivos referentes L100A + L300A.
Para la IMPORTACIÓN del archivo texto con el plan de cuentas referencial en el módulo SIGACTB, referente a las modificaciones para el layout 4.00, utilice los archivos que se encuentran en el camino de instalación del validador PVA 3.3.1:
C:\Archivos de programas RFB\Programas SPED\SpedContable\recursos\tablas
Archivos:
SPEDCONTABIL_DINAMICO_2014$SPEDECF_DINAMICA_L100_A$5$386
SPEDCONTABIL_DINAMICO_2014$SPEDECF_DINAMICA_L300_A$4$395
Pondremos a disposición en el paquete de la ECD ejemplos de plan de cuentas referenciales basados en las tablas de instalación del PVA 3.3.1 que pueden importarse, pero advertimos que si por ventura el Fisco modifica alguna información del plan, la actualización de las tablas en el Protheus – Contabilidad de gestión será de responsabilidad de la persona jurídica, es decir, el archivo texto puesto a disposición solo sirve como carga inicial del registro.
Los archivos textos con el plan referencial tendrán las siguientes nomenclaturas:
Código | Grupo/Cuenta | Nomenclatura del archivo TXT |
---|---|---|
1 | PJ en general (L100A + L300A de la ECF) | Exe_Plan_Ref_2015_PJ_em_Geral_L100A_L300A.cve |
2 | PJ en general – Ganancia estimada (P100 + P150 de la ECF) | Exe_Plan_Ref_2015_PJ_em_Geral_Lucro_Presumido_P100_P150.cve |
3 | Financieras (L100B + L300B de la ECF) | Exe_Plan_Ref_2015_Financeiras_L100B_L300B.cve |
4 | Aseguradoras (L100C + L300C de la ECF) | Exe_Plan_Ref_2015_Seguradoras_L100C_L300C.cve |
5 | Libres y exentas en general (U100A + U150A de la ECF) | Exe_Plan_Ref_2015_Imunes_Isentas_em_Geral_U100A_U150A.cve |
6 | Financieras – Libres y exentas (U100B + U150B de la ECF) | Exe_Plan_Ref_2015_Financeiras_Imunes_Isentas_U100B_U150B.cve |
7 | Aseguradoras – Libres y exentas (U100C + U150C de la ECF) | Exe_Plan_Ref_2015_Seguradoras_Imunes_Isentas_U100C_U150C.cve |
8 | Entidades cerradas de previsión complementaria (U100D + U150D de la ECF) | Exe_Plan_Ref_2015_Entidades_Fechadas_Previdencia_Complementar_U100D_U150D.cve |
9 | Partidos políticos (U100E + U150E de la ECF) | Exe_Plan_Ref_2015_Partidos_Politicos_U100E_U150E.cve |
Los archivos puestos a disposición en el paquete de la ECD (a ejemplo de años anteriores), con layout actualizado para la versión 4.0, deben copiarse en la carpeta \SYSTEM con la finalidad de generar archivos que se importan por el PVA.
Archivo | Libro | Finalidad |
---|---|---|
ECDLIVRO_G.XML | Libro G | Diario general |
ECDLIVRO_R.XML | Libro R | Diario con registro resumido (vinculado al libro auxiliar) |
ECDLIVRO_B.XML | Libro B | Libro de balances parciales diarios y balances |
ECDLIVRO_A.XML | Libro A | Diario auxiliar |
ECDLIVRO_Z.XML | Libro Z | Mayor auxiliar |
Para la versión 11 del Protheus será necesario ejecutar el compatibilizador de bases U_UPDCTB.
Para la versión 12 del Protheus será necesario ejecutar el UPDDISTR con el paquete del diccionario especial (archivo sdfbra.txt) siguiendo los procedimientos necesarios para la ejecución de esta rutina, de acuerdo con el siguiente enlace:
Enlace TDN: http://tdn.totvs.com.br/pages/viewpage.action?pageId=181965468
Fuentes:
Manual de orientación Sped Contable –
ENLACE: http://www1.receita.fazenda.gov.br/sistemas/sped-contabil/legislacao.htm
Parecer consultoría tributaria segmentos - TUCHAW - Adopción inicial a la Ley 12.973_2014 evidencia por medio del Libro mayor auxiliar de las subcuentas en la ECD - v1
Publicado en el enlace TDN:
http://tdn.totvs.com.br/pages/viewpage.action?pageId=223913383
Para más información sobre los registros y layout 4.00 visualice el Manual de orientación ECD en pdf puesto a disposición por el Fisco en el siguiente enlace: