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Por medio de esta rutina es posible definir cuál será el código del ingreso se utilizará en el Formulario Nacional de Pago de Tributos Estatales/Prov/Reg (GNRE).
Durante el proceso de grabación de la GNRE de los tributos genéricos, se solicitará el encuadramiento del código del ingreso. Con base en la definición del usuario, es posible definir códigos de ingresos por modelo de documento y Estado/Prov/Reg, y no es necesario ningún otro tipo de vínculo en el configurador de tributos.
En este registro debemos completar la siguiente información:
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Referencia (CJ6_REF): Intervalo de referencia. Ej.: Mensual, 1ª Quincena, 2ª Quincena, etc.
Codigo de obligación por pagar (CJ6_COBREC): Código de obligación por pagar.
Aviso | ||
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A partir de la release 12.1.2310 o si el entorno 12.1.33/12.1.2210 se actualice con el paquete de expedición acumulado de enero de 2024, estará disponible una nueva opción en el campo Código de obligación por pagar (CJ6_COBREC). Esta solución también considera la implementación y cumplimentación automática del campo “Código de obligación por pagar”. |
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Para configurar correctamente el descuento de Zona Franca de Manaus en el configurador debe crearse un TES genérico (Calc. ICMS = No y Calc. IPI = No) y realiza toda la configuración de Base, Alícuota y Regla de cálculo en el configurador. Otra alternativa es utilizar en el perfil base de cálculo del configurador 06 - Base ICMS origem.
En una operación donde los tributos se configuran por medio del Configurador de tributos, es crucial considerar que, si alguno de estos tributos incida en la base de cálculo de otro tributo, es indispenssble que todos los tributos involucrados en la operación se calculen exclusivamente vía Configurador de tributos.
Como ejemplo, consideremos el ICMS, PIS y COFINS en una operación donde el valor de ICMS se descuenta de la base de cálculo del PIS y COFINS. Para realizar el descuento de ICMS en las bases de cálculo del PIS y COFINS, es esencial que el ICMS, PIS y COFINS sean adecuadamente parametrizados por el Configurador de tributos. Los tributos PIS y COFINS, sujetos a descuentos en sus bases de cálculo, deben tener incorporados en sus fórmulas el descuento correspondiente al ICMS.
En el escenario exemplificado, la utilización del ICMS parametrizado por el Configurador de tributos en conjunto con el mantenimiento de PIS y COFINS por el sistema legado resultará en un funcionamiento inadecuado y posibles inconsistencias. Auque sea posible configurar solamente parte de los tributos en el documento por medio del Configurador de tributos, los tributos que continuen en el legado, no pueden depender de los tributos calculados por el Configurador de tributos para deducciones o inclusiones, para garantizar una integridad en el proceso de cálculo.
Vea esta documentación:
https://tdn.totvs.com/pages/viewpage.action?pageId=790631456