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Si no hubiera una Regla de registro con CST informado, el código grabado en los documentos será del TES.
En el momento que se genere un título financiero por medio de un documento fiscal o por medio del cálculo de tributos genéricos. Si existe una regla financiera vinculada al sistema, siempre grabará la sigla TG (tributo genérico) al inicio de la numeración del título.
Esta misma regla se aplica a los formularios de pago, cuando el formulario de pago se genere a partir del cálculo de tributos genéricos, su numeración tendrá la sigla TG al inicio.
Para la utilización de Tarifa, MVA o aumento, se utiliza el registro de Reglas de NCM (Nomenclatura Común del Mercosur). En este, es posible especificar MVA, tarifas y alícuotas para aumento, indicando cada combinación de NCM, Tributo y CEST (Código especificador de la sustitución tributaria).
Para resolver problemas de diferentes tarifas para el mismo NCM, Tributo y CEST, el configurador de tributos permite crear diversos tributos con la misma finalidad, diferenciando este tipo de operación por tributo.
Para el Producto Cód 01 y similares:
Para el Producto Cód 02 y similares:
Es necesario evaluar cada necesidad para determinar la mejor solución, considerando todas las posibilidades que el configurador de tributos ofrece, incluyendo tributos, perfiles y reglas de cálculo.