01. VISIÓN GENERAL

Indica la base del ICMS, en casos de pauta de ICMS propio, que se debe calcular por medio del valor de la pauta cuando el precio se exceda, según el convenio del ICMS 15/90.

1=Sí: utiliza el concepto de ICMS de Pauta, al determinar que para el precio menor que el valor de pauta la base del ICMS, se considera su valor. Si el precio fuera mayor que el valor de la pauta, el valor de la base del ICMS será el precio.

2=No: trata el convenio ICMS 15/90, con la condición de que, si el precios fuera menor que el valor de la pauta, la base del ICMS será el valor de la pauta. Sin embargo, aunque el precio sea mayor que el valor de la pauta, la base del ICMS será el valor de la pauta.