ÍNDICE
01. VISIÓN GENERAL
Realizar los ajustes necesarios para que el sistema sea capaz de calcular de manera correcta las incapacidades, cuando estas abarcan varios meses, de igual manera cuando estas cubren un me completo, ya sea de 28, 29 o 31 días.
02. REGLA DE NEGOCIO
Para cumplir correctamente con lo que indica la legislación, se realizaron ajustes en las rutinas de Mnemónicos (GPEA300), Mantenimiento de Tablas (GPEA320), Conceptos (GPEA040), Conceptos por Proceso (GPEA161) y Fórmulas (GPEA290).
Soporte Legal
Incapacidad por Enfermedad Común o no profesional
- La incapacidad laboral común tiene su origen en una enfermado o accidente que no tiene relación con la actividad laboral desempeñada por el trabajador.
- En caso de incapacidad comprobada para desempeñar sus labores, ocasionada por enfermedad no profesional, el trabajador tiene derecho a que el patrono le pague un auxilio monetario hasta por ciento ochenta (180) días, así:
- Las dos terceras (2/3) partes del salario durante los primeros noventa (90) días,
- Y la mitad del salario por el tiempo restante.
- Esta es una prestación a cargo de la entidad promotora de salud (EPS), o la Administradora de Fondos de Pensión (AFP) dependiendo de los días. No obstante, el pago de los 2 primeros días de incapacidad está a cargo del trabajador (opcional).
El porcentaje de liquidación de las incapacidades laborales depende de la duración de la incapacidad.
De Días
A Días
%
Entidad
1
2
100%
Trabajador
3
90
66.67%
EPS
91
180
50%
AFP
181
541
De 0 a 50%
EPS/AFP
541
9999
0%
- La empresa liquida al trabajador la parte de la empresa y la del EPS y después cobra a la EPS su parte.
- Para el IBC durante la incapacidad (cálculo de los conceptos de EPS, AFP, FSP, ARL y Parafiscales), se tomará el valor de la incapacidad.
- Las incapacidades laborales se liquidan (SBC) sobre el salario cotizado, es decir, se toma como referencia el salario sobre que el trabajador utilizó para pagar las cotizaciones a seguridad social, o ingreso base de cotización (IBC).
- El valor que se pague por concepto de incapacidad no puede ser inferior al SMMLV.
Para mayor información se recomienda revisar la sección 07. INFORMACIÓN ADICIONAL
Incapacidad por Maternidad (Ley 1822 del 4 de enero de 2017).
- Toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de 18 semanas en la época del parto, remunerada con el salario que devengue al entrar a disfrutar del descanso.
- Si se tratare de un salario que no sea fijo como en el caso del trabajo a destajo o por tarea, se tomará en cuenta el salario promedio devengado por la trabajadora en el último año de servicio, o en todo el tiempo si fuere menor.
- Todas las provisiones y garantías establecidas en la Ley 1822 del 4 ene 2017 para la madre biológica, se hacen extensivas en los mismos términos y en cuanto fuere procedente a la madre adoptante, o al padre que quede a cargo del recién nacido sin apoyo de la madre, sea por enfermedad o muerte, asimilando la fecha del parto a la de la entrega oficial del menor que se ha adoptado, o del que adquiere custodia justo después del nacimiento. En ese sentido, la licencia materna se extiende al padre en caso de 1 fallecimiento o enfermedad de la madre, el empleador del padre del niño le concederá una licencia de duración equivalente al tiempo que falta para expirar el periodo de la licencia posterior al parto concedida a la madre.
- La licencia de maternidad para madres de niños prematuros, tendrá en cuenta la diferencia entre la fecha gestacional y el nacimiento a término, las cuáles serán sumadas a las dieciocho semanas que se establecen en la presente ley. Cuando se trate de madres con parto múltiple, la licencia se ampliará en dos semanas más.
- La trabajadora que haga uso de la licencia en la época del parto tomará las dieciocho semanas de licencia a las que tiene derecho, de la siguiente manera: a) Licencia de maternidad preparto, Esta será de una semana con anterioridad a la fecha probable del parto debidamente acreditada. Si por alguna razón médica la futura madre requiere una semana adicional previa al parto podrá gozar de las dos semanas, con dieciséis posparto. Si en caso diferente, por razón médica no puede tomarla semana previa al parto, podrá disfrutarlas dieciocho semanas en el posparto inmediato. b) Licencia de maternidad posparto. Esta licencia tendrá una duración normal de diecisiete semanas contadas desde la fecha del parto, o de dieciséis o dieciocho semanas por decisión médica, de acuerdo a lo previsto anteriormente.
- De las dieciocho semanas de licencia remunerada, la semana anterior al probable parto será de obligatorio goce en caso de que el médico tratante prescriba algo diferente. La licencia remunerada de la que habla este artículo, es incompatible con la licencia de calamidad doméstica y en caso de haberse solicitado esta última por el nacimiento de un hijo, estos días serán descontados de la misma.
- Esta es una prestación a cargo de la entidad promotora de salud (EPS). No obstante, en caso de incumplimiento del patrono en las obligaciones de afiliación y/o pago de las contribuciones a la seguridad social, estará a cargo del trabajador.
- Para el SBC durante la incapacidad, se tomará el valor de la incapacidad.
- Durante la incapacidad no se debe cotizar a Riesgos Laborales (ARL), ni a Parafiscales (Caja – ICBF – SENA).
Para mayor información se recomienda revisar la sección 07. INFORMACIÓN ADICIONAL
Incapacidad por Enfermedad Profesional o Accidente de Trabajo
- Enfermedad profesional es todo estado patológico que sobrevenga como consecuencia obligada de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, bien sea determinado por agentes físicos, químicos o biológicos.
- Es todo suceso imprevisto y repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca al trabajador una lesión orgánica o perturbación funcional permanente o pasajera, y que no haya sido provocado deliberadamente o por culpa grave de la víctima.
- Cuando un trabajador se accidenta y este sucedió en la empresa o en mientras estaba laborando, el médico tratante le prescribe una incapacidad médica por Accidente de Trabajo, durante la cual el trabajador queda incapacitado para trabajar tiempo por el cual recibe un auxilio económico.
- Es una prestación económicas a cargo del sistema de riesgos laborales (ARL) desde el día siguiente al accidente, y hasta que el trabajador se rehabilite o se cure.
- Durante los días de la incapacidad no se debe cotizar a Riesgos Laborales (ARL), ni a Parafiscales (Caja – ICBF – SENA).
- La base para liquidar la incapacidad laboral (SBC) es el salario sobre el cual se hayan realizados los aportes a seguridad social (IBC). Estas se liquidan y pagan con el 100% del Ingreso Base de Cotización (IBC) según el artículo 3 de la ley 776 del 2002.
- Tiene Prestaciones asistenciales
- Durante la incapacidad no se debe cotizar a Riesgos Laborales (ARL), ni a Parafiscales (Caja – ICBF – SENA).
Para mayor información se recomienda revisar la sección 07. INFORMACIÓN ADICIONAL
03. PASOS PREVIOS
- Ejecutar la rutina “Consultas | Archivos | Genéricos” y Exportar a Excel la información (Opción Exp. CSV”), de las tablas:
- RC2 Encabezado Fórmulas.
- RC3 Detalle Fórmulas.
- RCA Mnemónicos.
- RCB Definición de Tablas.
- RCC Contenido de Tablas.
- RCM Tipos de Ausencia.
- RG5 Encabezado de Estándar de Periodos.
- RG6 Detalla de Estándar de Periodos.
- RG9 Criterios de Acumulación Anual
- SRV Conceptos,
- SRY Procedimientos de Cálculo,
- RGA Encabezado de Conceptos por Proceso,
- SRM Detalle Conceptos por Proceso.
- Respaldo:
- Abrir las tablas RC2, RC3, RCA, RCB, RCC, RCM, RG5, RG6, RG9, SRV, SRY, RGA y SRM.
- Respaldar la Encabezado Fórmulas (RC2):
- Respaldar el contenido de la tabla RC2.
- RC2 Cliente: registros con origen 'U_' (RC2_ORIGEM='U_').
- RC2 Sistema: registros con origen 'S_' (RC2_ORIGEM='S_').
- Borrar los registros de la RC2.
- Respaldar el contenido de la tabla RC2.
- Respaldar la Detalle Fórmulas (RC3):
- Respaldar el contenido de la tabla RC3.
- RC3 Cliente: registros con origen 'U_' (RC3_ORIGEM='U').
- RC2 Sistema: registros con origen 'S_' (RC2_ORIGEM='S').
- Borrar los registros de la RC3.
- Respaldar el contenido de la tabla RC3.
- Respaldar la Mnemónicos (RCA):
- Respaldar el contenido de la tabla RCA.
- RCA Cliente: mnemónicos que inicien con 'M_' (SUBSTRING(RCA_MNEMÓN,1,2)='M').
- RCA Sistema: mnemónicos que NO inicien con 'M_' (SUBSTRING(RCA_MNEMÓN,1,2)<>'M_').
- Borrar los registros de la RCA.
- Respaldar el contenido de la tabla RCA.
- Respaldar la Definición de Tablas (RCB):
- Respaldar el contenido de la tabla RCA.
- RCB Cliente: Los registros en que el código inicie con U (SUBSTRING(RCB_CODIGO,1,1)='U')..
- RCB Sistema: Los registros en que el código inicie con S (SUBSTRING(RCB_CODIGO,1,1)='S').
- Borrar: todas las tablas (ZAP).
- Respaldar el contenido de la tabla RCA.
- Respaldar el Contenido de Tablas (RCC):
- Respaldar el contenido de la tabla RCC.
- RCC Cliente: Los registros en que el código inicie con U (SUBSTRING(RCC_CODIGO,1,1)='U')..
- RCC Sistema: Los registros en que el código inicie con S (SUBSTRING(RCC_CODIGO,1,1)='S').
- Borrar: todas las tablas (ZAP).
- Respaldar el contenido de la tabla RCC.
- Respaldar la Tipos de Ausencia (RCM):
- Respaldar el contenido de la tabla RCM.
- RCM Sistema: Los registros que contengan los códigos (RCM_TIPO):
- Respaldar el contenido de la tabla RCM.
001 Enfermedad Común
002 Accidente Común
003 Accidente Trabajo
004 Enfermedad Profesional
005 Maternidad (126 días)
006 Paternidad por Fallecimiento Madre (126 días)
007 Descanso Remunerado x Aborto (2-4 semanas)
008 Licencia Paternidad (8 días)
009 Licencia no Remunerada
010 Sanción
011 Ausencia no Justificada
012 Licencia Remunerada
013 Licencia por Luto (5 días)
014 Permiso Remunerado
015 Permiso Calamidad Doméstica (3 días)
016 Permiso por Matrimonio (3 días)
017 Suspensión Temporal del Contrato
018 Vacaciones
- RCM Cliente: Los registros que no sean los anteriores (RCM_TIPO).
- Borrar los registros de la RCM.
- Respaldar la Encabezado de Estándar de Periodos (RG5):
- Respaldar el contenido de la tabla RG5.
- RG5 Sistema: los registros que contengan los códigos (RG5_PDPERI):
- Respaldar el contenido de la tabla RG5.
ANT ANTICIPO DE SUELDO
ASM AUMENTO SALARIO MINIMO
ASP AUMENTO SALARIO POR PORCENTAJE
CES CESANTIA
FIN CALCULO FINIQUITOS
IR2 % RETE FTE PROCEDIMIENTO 2
MES MENSUAL
PRI PRIMA DE SERVICIOS
QNA QUINCENAL
SEM SEMANAL
- RG5 Usuario: los registros que NO contengan los códigos anteriores ((RG5_PDPERI).
- Borrar los registros de la RG5.
- Respaldar la Detalla de Estándar de Periodos (RG6):
- Respaldar el contenido de la tabla RG6.
- RG6 Sistema: los registros que contengan los códigos indicados en el encabezado de Estándar de Periodos.
- RG6 Cliente: los registros que NO contengan los códigos indicados en el encabezado de Estándar de Periodos.
- Respaldar el contenido de la tabla RG6.
- Respaldar la Criterios de Acumulación Anual (RG9):
- Respaldar el contenido de la tabla RG9.
- RG9 Sistema: el registro del código 01 Fiscal (RG9_CODCRI).
- RG9 Cliente: registros con código diferente de 01.
- Borrar los registros de la RG9.
- Respaldar el contenido de la tabla RG9.
- Respaldar la Procedimientos de Cálculo (SRY):
- Respaldar el contenido de la tabla SRY.
- Respaldar la Criterios de Acumulación Anual (RG9):
- SRY Sistema: registros que contengan los códigos (RY_CALCULO):
ANT Anticipo de Salario
APL Aplicación de Liquidación de Contratos
APS Anticipo de Prima de Servicios
ASM Aumento Salario Mínimo
ASP Aumento Salario x Porcentaje
CES Cesantia
CON Consolidacion / Provisiones
FIN Liquidacion de Contratos
IR2 Ret en la Fte Proc 2
LIQ Nomina de Liquidacion
MFN Movimientos Fuera de Nomina
PON Reloj Registrador
PRI Prima de Servicios
VAC Vacaciones
- SRY Cliente: registros que NO contengan los códigos anteriores (RY_CALCULO):
- Borrar los registros de la SRY.
- Respaldar los Conceptos (SRV):
- Respaldar el contenido de la tabla SRV.
- SRV Sistema: del código 000 al 033, del 101 al 149, del 201 al 258, del 300 al 543, del 601 al 630 y del 900 al 908.
- SRV Usuario: todos los conceptos que no esté dentro del estándar.
- Borrar: todos los conceptos (ZAP).
- Respaldar el contenido de la tabla SRV.
- Respaldar Conceptos por Proceso (RGA / SRM):
- Respaldar el contenido de la tabla SRM.
- SRM del Cliente: registros con procedimientos de cálculo (RM_CALCULO) que no correspondan a los indicados en la SRY.
- Respaldar el contenido de la tabla RGA.
- RGA del Cliente: registros con procedimientos de cálculo (RGA_CALCUL) que no correspondan a los indicados en la SRY.
- Borrar los registros de la SRM.
- Borrar los registros de la RGA.
- NOTA: Conceptos por proceso generalmente está actualizada con conceptos del cliente, y/o fórmulas del cliente, por lo que, aunque sean procedimientos estándar, es muy complicado identificar cuales registros corresponden al cliente y cuales al estándar.
- Respaldar el contenido de la tabla SRM.
- Cargar tablas de formulación estándar:
- Ingresar a la rutina de Mnemónicos, ubicada en "Actualizaciones | Definic. Cálculo | Mnemónicos" (GPEA300); para cargar el contenido estándar (RCA).
- Ingresar a la rutina de Fórmulas, ubicada en "Actualizaciones | Definic. Cálculo | Fórmulas"; para cargar el contenido estándar (RC2 y RC3).
- Ingresar a la rutina de Definición de Tablas, ubicada en "Actualizaciones | Definic. Cálculo | Definición Tabla" (GPEA310); para cargar el contenido estándar (RCB).
- Ingresar a la rutina de Mantenimiento de Tablas, ubicada en "Actualizaciones | Definic. Cálculo | Mtto Tabla" (GPEA320); para cargar el contenido estándar (RCC).
- Ingresar a la rutina de Conceptos, ubicada en "Actualizaciones | Definic. Cálculo | Conceptos" (GPEA040); para cargar el contenido estándar (SRV y RCM).
- Ingresar a la rutina de Conceptos por Proceso, ubicada en "Actualizaciones | Definic. Cálculo | Conceptos por Proceso" (GPEA161); para cargar el contenido estándar (SRY, RG5, RG6, RG9, RGA, SRM).
- Cargar tablas de formulación de usuario
- Abrir las tablas RC2, RC3, RCA, RCB, RCC, RG9, RG5, RG6, RG9, SRY, RGA, SRM.
- Recuperar las Fórmulas (RC2/RC3) del Cliente:
- Appendar el respaldo de la RC2 del Cliente.
- Appendar el respaldo de la RC3 del Cliente.
- Recuperar los Mnemónicos (RCA) del Cliente:
- Appendar el respaldo de la RCA del Cliente.
- Recuperar las Tablas Alfanuméricas (RCB/RCC) del cliente:
- Appendar el respaldo de la RCB del Cliente.
- Appendar el respaldo de la RCC del Cliente.
- Recuperar Conceptos por Proceso (RGA/SRM/RG9/RG5/RG6/SRY) del Cliente:
- Appendar el respaldo de la RGA del Cliente.
- Appendar el respaldo de la SRM del Cliente.
- Appendar el respaldo de la RG9 del Cliente.
- Appendar el respaldo de la RG5 del Cliente.
- Appendar el respaldo de la RG6 del Cliente.
- Appendar el respaldo de la SRY del Cliente.
- Recuperar los Conceptos (SRV/RCM):
- Appendar el respaldo de la SRV del Cliente.
- Appendar el respaldo de la RCM del Cliente.
- Ejecutar la rutina “Consultas | Archivos | Genéricos” y Exportar a Excel la información (Opcion Exp. CSV”), de las tablas SRV, RGA y SRM.
- Guardar los archivos de Excel generados (después del cambio).
- Comparar los archivos Excel generados en el punto 1 contra los generados en el punto 5, para determinar las diferencias de configuración realizadas por el cliente.
- Ingresar a la rutina de Conceptos, ubicada en "Actualizaciones | Definic. Cálculo | Conceptos" (GPEA040) para realizar los ajustes realizados en la configuración para el cliente.
- Ingresar a la rutina de Conceptos por Proceso, ubicada en "Actualizaciones | Definic. Cálculo | Conceptos por Proceso" (GPEA161) para realizar los ajustes realizados en la configuración para el cliente.
- En caso de ya tener registros con los conceptos anteriores, se deberán realizar lo siguiente:
- Históricos
- Se debe tener información en todos los meses del último año calculado, en la tabla del Histórico de Movimientos (SRD), validada con Contabilidad.
- Se debe tener información en todos los meses del último año calculado, en la tabla del Histórico de Acumulados (RG7).
- Copiar los registros de los conceptos 002, 006, 008 a 031, 032 y 033 respectivamente, de las tablas SRD y RG7, para que al consultar recibos de meses anteriores, se pueda visualizar bien la información.
- Periodos
- Ingresar a la rutina Periodos, ubicado en "Actualizaciones | Archivos | Periodos (GPEA400) y dar de alta un periodo en diciembre del último año calculado, de MFN Movimientos Fuera de Nómina, para capturar los ajustes a los acumulados, en caso necesario.
- Históricos
04. EJEMPLO DE UTILIZACIÓN
Ejemplo con los conceptos actualizados:
Periodo 202201 Pago 01 Procedimiento LIQ
Se tienen las siguientes incapacidades por Enfermedad General:
Mat | Fecha Ini | Fecha Fin | Duración | SBC | SalMes | Días 032 | Val 032 | Días Sueldo | Val Sueldo | Días 006 | Val 006 |
000003 | 03/01/2022 | 07/01/2022 | 5 | 1,050,000 | 1,200,000 | 5 | 170,000 | 10 | 400,000 | 5 | 170,000 |
000004 | 08/01/2022 | 15/01/2022 | 52 | 1,350,000 | 1,350,000 | 8 | 290,000 | 7 | 315,000 | 8 | 290,000 |
Empleado 000003
Para el empleado 000003 se observa en el cálculo de la fórmula 002LIQ:
- 5 días en UNIDADES (campo de Días concepto 002).
- 170,000 en IMPORTE (campo de Valor de los conceptos 002 y 031).
- 5 días en DIASLICIGE para PILA (campo de Días para el concepto 031).
Y en el concepto 031 Incapacidad Enfermedad General para PILA se reportan los datos arriba mencionados y se disminuyen los días de salario.
Empleado 000004
Para el empleado 000004 se observa en el cálculo de la fórmula 002LIQ:
- 8 días en UNIDADES (campo de Días concepto 002).
- 290,000 en IMPORTE (campo de Valor de los conceptos 002 y 031).
- 8 días en DIASLICIGE para PILA (campo de Días para el concepto 031).
Y en el concepto 031 Incapacidad Enfermedad General para PILA se reportan los datos arriba mencionados y se disminuyen los días de salario.
Periodo 202201 Pago 02 Procedimiento LIQ
Se tienen las siguientes incapacidades por Enfermedad General:
Mat | Fecha Ini | Fecha Fin | Duración | SBC | Sal Mes | Días 032 | Val 032 | Días Sueldo | Val Sueldo | Días 006 | Val 006 |
000004 | 16/01/2022 | 31/01/2022 | 1,350,000 | 1,350,000 | 15 | 533,333 | - | - | 16 | 533,333 | |
000006 | 16/01/2022 | 31/01/2022 | 16 | 2,900,000 | 2,900,000 | 15 | 1,095,601 | - | - | 16 | 1,095,601 |
Empleado 000004
Para el empleado 000004 se observa en el cálculo de la fórmula 002LIQ:
- 16 días en UNIDADES (campo de Días concepto 002).
- 533,333 en IMPORTE (campo de Valor de los conceptos 002 y 031).
- 15 días en DIASLICIGE para PILA (campo de Días para el concepto 031).
Y en el concepto 031 Incapacidad Enfermedad General para PILA se reportan los datos arriba mencionados y se disminuyen los días de salario, quedando en cero.-
Empleado 000006
Para el empleado 000004 se observa en el cálculo de la fórmula 002LIQ:
- 16 días en UNIDADES (campo de Días concepto 002).
- 1,095,600 en IMPORTE (campo de Valor de los conceptos 002 y 031).
- 8 días en DIASLICIGE para PILA (campo de Días para el concepto 031).
Y en el concepto 031 Incapacidad Enfermedad General para PILA se reportan los datos arriba mencionados y se disminuyen los días de salario.
Periodo 202202 Pago 01 Procedimiento LIQ
Se tienen las siguientes incapacidades por Enfermedad General:
Mat | Fecha Ini | Fecha Fin | Duración | Saldo antes Cierre | Inicial | SBC | SalMes | Días 032 | Val 032 | Días Sueldo | Val Sueldo | Días 006 | Val 006 |
000004 | 01/02/2022 | 15/02/2022 | 28 | no | 1,350,000 | 1,350,000 | 15 | 500,000 | - | - | 15 | 500,000 |
Empleado 000004
Para el empleado 000004 se observa en el cálculo de la fórmula 002LIQ:
- 15 días en UNIDADES (campo de Días concepto 002).
- 500,000 en IMPORTE (campo de Valor de los conceptos 002 y 031).
- 15 días en DIASLICIGE para PILA (campo de Días para el concepto 031).
Y en el concepto 031 Incapacidad Enfermedad General para PILA se reportan los datos arriba mencionados y se disminuyen los días de salario, quedando en cero.
Periodo 202202 Pago 02 Procedimiento LIQ
Se tienen las siguientes incapacidades por Enfermedad General:
Mat | Fecha Ini | Fecha Fin | Duración | Saldo antes Cierre | Inicial | SBC | SalMes | Días 032 | Val 032 | Días Sueldo | Val Sueldo | Días 006 | Val 006 |
000004 | 16/02/2022 | 28/02/2022 | 13 | no | 1,350,000 | 1,350,000 | 15 | 433,333 | - | - | 13 | 433,333 | |
000005 | 16/02/2022 | 28/02/2022 | 13 | 13 | si | 7,200,000 | 7,200,000 | 15 | 2,240,088 | - | - | 13 | 2,240,088 |
Empleado 000004
Para el empleado 000004 se observa en el cálculo de la fórmula 002LIQ:
- 13 días en UNIDADES (campo de Días concepto 002).
- 433,334 en IMPORTE (campo de Valor de los conceptos 002 y 031).
- 15 días en DIASLICIGE para PILA (campo de Días para el concepto 031).
Y en el concepto 031 Incapacidad Enfermedad General para PILA se reportan los datos arriba mencionados y se disminuyen los días de salario, quedando en cero.
Empleado 000005
Para el empleado 000005 se observa en el cálculo de la fórmula 002LIQ:
- 16 días en UNIDADES (campo de Días concepto 002).
- 1,095,600 en IMPORTE (campo de Valor de los conceptos 002 y 031).
- 8 días en DIASLICIGE para PILA (campo de Días para el concepto 031).
Y en el concepto 031 Incapacidad Enfermedad General para PILA se reportan los datos arriba mencionados y se disminuyen los días de salario.
05. DICCIONARIO DE DATOS
Mnemónicos (RCA)
Mnemónico | Descripción | Tipo | Acumul | Alias | Campo | Inicializador Estándar |
DIASLICIGE | Días Incapacidad Enfermedad para PILA | N | 1 | GetValType("N") | ||
DIASLICIRL | Días Licencia Maternidad para PILA | N | 1 | GetValType("N") | ||
DIASLICLMA | Días Incapacidad Riesgo Laboral para PILA | N | 1 | GetValType("N") | ||
VALLICIGE | Valor Incapacidad Enfermedad para PILA | N | 1 | GetValType("N") | ||
VALLICIRL | Valor Incapacidad Riesgo Laboral para PILA | N | 1 | GetValType("N") | ||
VALLICLMA | Valor Licencia Maternidad para PILA | N | 1 | GetValType("N") |
Conceptos (SRV)
Conceptos de enfermedad general
Campo | Descripción | Concepto | Nuevo Concepto |
RV_COD | Concepto | 002 | 031 |
RV_DESCDET | Desc. Det. | Incapacidad Enfermedad General (Ausentismo) | Incapacidad Enfermedad General (para PILA) |
RV_ADIANTA | Ref. Anticip | N | N |
RV_AFP | SBC AFP | 2 | 2 |
RV_CALAUS | Calc Ausen | 2 | 4 |
RV_CALIBC | Calc IBC | 3 | 3 |
RV_CODCRI | Cód Criterio | 01 | 01 |
RV_CODFOL | Id.p/Cálculo | 0041 | |
RV_CODFOR | Fórmula | 002LIQ | 031LIQ |
RV_COMPMED | SBC Med Pre | N | N |
RV_CUSTO | Costo | N | N |
RV_DESC | Descripción | Incap Enfermedad (A) | Incap Enfermedad (P) |
RV_DIRF | Formato 220 | 26 | |
RV_ENCARCC | ProrratC.Cto | N | N |
RV_FECCOMP | Cierre Vigen | 2 | 2 |
RV_FSPSOL | FSP Sol | 2 | 2 |
RV_FSPSUB | FSP Sub | 2 | 2 |
RV_GRAMED | C.Agrup.Méd. | N | N |
RV_GROSSUP | GrossUp | 4 | 4 |
RV_IMPRIPD | Impr. Concep | 2 | 1 |
RV_INCORP | Suel. Variab | N | N |
RV_INDEN | SBC Indem | 2 | 2 |
RV_INSS | SBC EPS | N | N |
RV_IR | Ret. Fuent. | 3 | 1 |
RV_LCTODIA | Reg. Diario | S | N |
RV_LCTOP | Asiento Est. | A01 | |
RV_LEEACU | Leer Acumul. | 1 | 1 |
RV_LEEAUS | Leer Ausenc. | 1 | 2 |
RV_LEEBEN | Leer Benef. | 2 | 2 |
RV_LEEFIX | Leer Reg.Fij | 2 | 2 |
RV_LEEINC | Leer Inciden | 2 | 2 |
RV_LEEPRE | Leer Prestam | 2 | 2 |
RV_MED13 | SBC Prima | 2 | 2 |
RV_MEDAVI | SBC Av. Prev | 2 | 2 |
RV_MEDCESA | SBC Cesantía | 2 | 2 |
RV_MEDFCO | SBC Vac Defi | 2 | 2 |
RV_MEDFER | SBC Vac. Goz | 2 | 2 |
RV_OBRIGAT | Pago Obligat | N | N |
RV_PARAFIS | SBC Parafisc | 2 | 1 |
RV_PENSAO | Base Benefic | N | S |
RV_PERC | Porcentaje | 0 | 0 |
RV_PROMMED | Prom Med Pre | 0 | 0 |
RV_QTDLANC | Cant. Asient | 1 | 1 |
RV_RAIS | Forma 2276 | SALARIO | |
RV_REF13 | DíasSBCPrima | 3 | 3 |
RV_REFAPOR | DíasSBCApoVo | 3 | 3 |
RV_REFCESA | DíasSBCCesa | 3 | 3 |
RV_REFFER | Días SBC Vac | 3 | 3 |
RV_REFTAB | DíasSBCSubTr | 3 | 3 |
RV_RISCOS | SBC ARL | 2 | 2 |
RV_SALARIA | Conc. Salari | 4 | 1 |
RV_SEGVIDA | SBC Seg Vida | N | N |
RV_SINDICA | SBC A. Sindi | N | N |
RV_SUBTRA | SBC Sub Tra | 2 | 2 |
RV_TIPO | Tipo Concept | D | D |
RV_TIPOCOD | Tipo de Cod. | 3 | 1 |
RV_TIPSAT | Tipo XML | 121 |
Conceptos de riesgo laboral
Campo | Descripción | Concepto | Nuevo Concepto |
RV_COD | Concepto | 006 | 032 |
RV_DESCDET | Desc. Det. | Incapacidad Riesgo Laboral | Incapacidad Riesgo Laboral (para PILA) |
RV_ADIANTA | Ref. Anticip | N | N |
RV_AFP | SBC AFP | 2 | 2 |
RV_CALAUS | Calc Ausen | 2 | 4 |
RV_CALIBC | Calc IBC | 3 | 3 |
RV_CODCRI | Cód Criterio | 01 | 01 |
RV_CODFOL | Id.p/Cálculo | 0042 | 0042 |
RV_CODFOR | Fórmula | AUSLIQ | 032LIQ |
RV_COMPMED | SBC Med Pre | 2 | N |
RV_CUSTO | Costo | N | N |
RV_DESC | Descripción | Incap Riesgo Lab | Incap Riesgo Lab (P) |
RV_DIRF | Formato 220 | 26 | 26 |
RV_ENCARCC | ProrratC.Cto | N | N |
RV_FECCOMP | Cierre Vigen | 2 | 2 |
RV_FSPSOL | FSP Sol | 2 | 2 |
RV_FSPSUB | FSP Sub | 2 | 2 |
RV_GRAMED | C.Agrup.Méd. | N | N |
RV_GROSSUP | GrossUp | 4 | 4 |
RV_IMPRIPD | Impr. Concep | 1 | 1 |
RV_INCORP | Suel. Variab | N | N |
RV_INDEN | SBC Indem | 2 | 2 |
RV_INSS | SBC EPS | N | N |
RV_IR | Ret. Fuent. | 1 | 1 |
RV_LCTODIA | Reg. Diario | S | S |
RV_LCTOP | Asiento Est. | A01 | A01 |
RV_LEEACU | Leer Acumul. | 1 | 1 |
RV_LEEAUS | Leer Ausenc. | 1 | 2 |
RV_LEEBEN | Leer Benef. | 2 | 2 |
RV_LEEFIX | Leer Reg.Fij | 2 | 2 |
RV_LEEINC | Leer Inciden | 2 | 2 |
RV_LEEPRE | Leer Prestam | 2 | 2 |
RV_MED13 | SBC Prima | 2 | 2 |
RV_MEDAVI | SBC Av. Prev | 2 | 2 |
RV_MEDCESA | SBC Cesantía | 2 | 2 |
RV_MEDFCO | SBC Vac Defi | 2 | 2 |
RV_MEDFER | SBC Vac. Goz | 2 | 2 |
RV_OBRIGAT | Pago Obligat | N | N |
RV_PARAFIS | SBC Parafisc | 2 | 2 |
RV_PENSAO | Base Benefic | S | S |
RV_PERC | Porcentaje | 0 | 0 |
RV_PROMMED | Prom Med Pre | 0 | 0 |
RV_QTDLANC | Cant. Asient | 1 | 1 |
RV_RAIS | Forma 2276 | SALARIO | SALARIO |
RV_REF13 | DíasSBCPrima | 3 | 3 |
RV_REFAPOR | DíasSBCApoVo | 1 | 3 |
RV_REFCESA | DíasSBCCesa | 3 | 3 |
RV_REFFER | Días SBC Vac | 3 | 3 |
RV_REFTAB | DíasSBCSubTr | 3 | 3 |
RV_RISCOS | SBC ARL | 2 | 2 |
RV_SALARIA | Conc. Salari | 1 | 4 |
RV_SEGVIDA | SBC Seg Vida | N | N |
RV_SINDICA | SBC A. Sindi | N | N |
RV_SUBTRA | SBC Sub Tra | 2 | 2 |
RV_TIPO | Tipo Concept | D | D |
RV_TIPOCOD | Tipo de Cod. | 1 | 1 |
RV_TIPSAT | Tipo XML | 120 | 120 |
Conceptos por maternidad
Campo | Descripción | Concepto | Nuevo Concepto |
RV_COD | Concepto | 008 | 033 |
RV_DESCDET | Desc. Det. | Licencia Maternidad (Ausentismo) | Licencia Maternidad (para PILA) |
RV_ADIANTA | Ref. Anticip | N | N |
RV_AFP | SBC AFP | 2 | 2 |
RV_CALAUS | Calc Ausen | 2 | 4 |
RV_CALIBC | Calc IBC | 3 | 3 |
RV_CODCRI | Cód Criterio | 01 | 01 |
RV_CODFOL | Id.p/Cálculo | 0040 | |
RV_CODFOR | Fórmula | AUSLIQ | 033LIQ |
RV_COMPMED | SBC Med Pre | N | N |
RV_CUSTO | Costo | N | N |
RV_DESC | Descripción | Lic Maternidad (A) | Lic Maternidad(P) |
RV_DIRF | Formato 220 | 26 | |
RV_ENCARCC | ProrratC.Cto | N | N |
RV_FECCOMP | Cierre Vigen | 2 | 2 |
RV_FSPSOL | FSP Sol | 2 | 2 |
RV_FSPSUB | FSP Sub | 2 | 2 |
RV_GRAMED | C.Agrup.Méd. | N | N |
RV_GROSSUP | GrossUp | 4 | 4 |
RV_IMPRIPD | Impr. Concep | 1 | 1 |
RV_INCORP | Suel. Variab | N | N |
RV_INDEN | SBC Indem | 2 | 2 |
RV_INSS | SBC EPS | N | N |
RV_IR | Ret. Fuent. | 3 | 1 |
RV_LCTODIA | Reg. Diario | S | S |
RV_LCTOP | Asiento Est. | A01 | |
RV_LEEACU | Leer Acumul. | 1 | 1 |
RV_LEEAUS | Leer Ausenc. | 1 | 2 |
RV_LEEBEN | Leer Benef. | 2 | 2 |
RV_LEEFIX | Leer Reg.Fij | 2 | 2 |
RV_LEEINC | Leer Inciden | 2 | 2 |
RV_LEEPRE | Leer Prestam | 2 | 2 |
RV_MED13 | SBC Prima | 2 | 2 |
RV_MEDAVI | SBC Av. Prev | 2 | 2 |
RV_MEDCESA | SBC Cesantía | 2 | 2 |
RV_MEDFCO | SBC Vac Defi | 2 | 2 |
RV_MEDFER | SBC Vac. Goz | 2 | 2 |
RV_OBRIGAT | Pago Obligat | N | N |
RV_PARAFIS | SBC Parafisc | 2 | 1 |
RV_PENSAO | Base Benefic | N | S |
RV_PERC | Porcentaje | 0 | 0 |
RV_PROMMED | Prom Med Pre | 0 | 0 |
RV_QTDLANC | Cant. Asient | 1 | 1 |
RV_RAIS | Forma 2276 | SALARIO | |
RV_REF13 | DíasSBCPrima | 3 | 3 |
RV_REFAPOR | DíasSBCApoVo | 3 | 3 |
RV_REFCESA | DíasSBCCesa | 3 | 3 |
RV_REFFER | Días SBC Vac | 3 | 3 |
RV_REFTAB | DíasSBCSubTr | 3 | 3 |
RV_RISCOS | SBC ARL | 2 | 2 |
RV_SALARIA | Conc. Salari | 4 | 1 |
RV_SEGVIDA | SBC Seg Vida | N | N |
RV_SINDICA | SBC A. Sindi | N | N |
RV_SUBTRA | SBC Sub Tra | 2 | 2 |
RV_TIPO | Tipo Concept | D | D |
RV_TIPOCOD | Tipo de Cod. | 3 | 1 |
RV_TIPSAT | Tipo XML | 125 |
06. DOCUMENTOS RELACIONADOS
Documento Técnico de Indemnización e incapacidades formulación estándar COL:
DNOMI-140 DT Indemnización e incapacidades formulación estándar COL
Documento de Referencia de la Localización de Colombia:
DT Localización Colombia (SIGAGPE) - Protheus 12
07. INFORMACIÓN ADICIONAL
Incapacidad Por Enfermedad Común o no Profesional.
https://www.minsalud.gov.co/Lists/FAQ/DispForm.aspx?ID=21
https://www.gerencie.com/como-se-liquidan-los-dias-de-incapacidad-por-enfermedad-general.html
Incapacidad por Maternidad (Ley 1822 del 4 de enero de 2017).
Incapacidad por Enfermedad Profesional o Accidente de Trabajo
https://www.gerencie.com/incapacidad-laboral.html
08. TABLAS UTILIZADAS
- RC2 - Encabezado Fórmulas
- RC3 - Detalle Fórmulas
- RCA - Menomincos.
- RCB - Definición de Tablas
- RCC - Contenido de Tablas
- RCM - Tipos de Ausencia
- RG5 - Encabezado de Estándar de Periodos
- RG6 - Detalla de Estándar de Periodos
- RG9 - Criterios de Acumulación Anual
- SRV - Conceptos
- SRY - Procedimientos de Cálculo.
- RGA - Encabezado de Conceptos por Proceso,
- SRM - Detalle Conceptos por Proceso.
- documento_de_referencia
- 12_1_33
- 12_1_27
- 12_1_2210
- sigagpe
- gestion_de_personal
- rh
- col
- colombia
- mi
- mercado_internacional
- mnemonicos
- rca
- conceptos
- srv
- formulas
- conceptos_po_proceso
- rga
- srm
- rc2
- rc3
- indemnizacion_e_incapacidades
- formulacion_estandar
- indemnizacion
- incapacidades
- dnomi_140
- rcb
- rcc
- rcm
- rg5
- rg6
- rg9
- sry
- estandar
- definicion_tablas
- asusencias
- tipos_ausencias
- estandar_periodos
- criterios_acumulacion_anual
- mantenimiento_tablas