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ÍNDICE

  1. Visión general
  2. Ejemplo de utilización
  3. Tablas


01. VISIÓN GENERAL

Se requiere que se realicé el cálculo correcto del concepto de indemnización por extinción de contrato, bajo lo estipulado a continuación:

"Los trabajadores inmersos en los contratos sujetos a modalidad tienen derecho a percibir los mismos beneficios que por ley, pacto o costumbre tienen los trabajadores sujetos al contrato de trabajo a plazo indeterminado o indefinido e incluso adquieren estabilidad laboral durante el tiempo que dure el contrato una vez superado el período de prueba a tal punto que si vencido este se resolviera el contrato, el trabajador tendrá derecho a una indemnización equivalente a una remuneración y media ordinaria mensual por cada mes dejado de laborar hasta el vencimiento del contrato con el límite de 12 remuneraciones. Los contratos de trabajo sujetos a modalidad están concebidos en la normatividad laboral como la excepción de la contratación laboral, puesto que la regla o el contrato de trabajo tipo es el contrato indefinido o indeterminado."

Boletín:

http://www.mintra.gob.pe/boletin/boletin_2_1.html


Escenario:

Si un trabajador firmo un contrato por un año desde el 01/02/2020 hasta el 28/02/2021 y el empleador decide cesarlo antes de su fecha de fin ejemplo en 16/10/2020 entonces la ley exige que el trabajador reciba como indemnización la cantidad de meses y días como proporción de mes multiplicado por la base de indemnización y luego multiplicado por 1.5 de los días que dejo de trabajar. En este ejemplo el trabajador dejo de laborar 14 días de octubre (mes de 30 días) luego el mes de noviembre, diciembre y enero, que son 3 meses 14 días. Por lo tanto, el trabajador debería recibir la siguiente indemnización:

  

NOTA:

En este ejemplo el importe a pagar esta topado al máximo de 12 sueldos, por lo que la indemnización no puede ser superior a los 36000.

02. EJEMPLO DE UTILIZACIÓN

Para el cálculo de Indemnización por extinción de Contrato, se debe contar con la siguiente solución:

11165363 DMINA-12127 DT Concepto de Indemnización por extinción de contrato PER

Pre-condiciones:

  • Configuración de la tabla Motivo de Fin de Periodo (ST17).

Regla:

Se paga el concepto 300 - Bono por Cese de Contratos, solo sí:

  • Tipo de Contrato es igual a 2 - Determinado en el Empleado.
  • Si el Motivo de baja, en la tabla Motivo de Fin de Periodo (ST17) está marcado el campo de Indemnización con 1 = .
  • Si la fecha de baja es anterior a la fecha de fin del contrato.
  • En Conceptos por Proceso, para los Procedimientos FIN y APL; se debe contar con el concepto 300 - Fin Bono por cese con la fórmula 300FIN, después del concepto 296 - Base de Indemnización.

Utilización:

  1. En el módulo Gestión de Personal (SIGAGPE).
  2. Ingresar a la rutina Por procedimientos, ubicada en el menú "Miscelánea | Cálculos | Por Procedimientos (GPEM020)".
  3. Informar los parámetros solicitados.
  4. Dar clic en Confirmar.
  5. Validar que el proceso haya concluido con éxito y que se haya realizado el cálculo del concepto de indemnización por extinción de contrato.


¡IMPORTANTE!

Solución disponible para versión 12.1.17 o superiores.

03. TABLAS UTILIZADAS

  • RC2 - Encabezado de Fórmulas.
  • RC3 - Fórmulas.
  • RCB - Configuración de parámetros.
  • RCC - Parámetros.