01. VISIÓN GENERAL

Para cumplir con la legislación IN RFB nº 1.500/2014 (posibilidad de la división de los rendimientos según contrato de alquiler), por ejemplo, una inmobiliaria alquila un inmueble al que pertenecen las dos personas físicas, cada una con su porcentaje de propiedad sobre el inmueble. Es derecho de ambos propietarios, dividir el rendimiento propio de este alquiler y en consecuencia el prorrateo del impuesto a la renta (siempre y cuando se constate en el contrato). Se creó en el registro de proveedores (MATA020) una nueva opción, en "Otras Acciones", el archivo para el prorrateo del IR progresivo por RCPF, ya que actualmente solo se permite registrar 1 RCPF (A2_IRPROG = Sí y A2_CPFIRP) para calcular el IR de la tabla progresiva, cuando el proveedor es una persona jurídica y el IR se retiene para una persona física.

Este archivo de RCPF para el IR progresivo, se utilizará para calcular el impuesto a la renta para cada RCPF, según el porcentaje de cada uno.

Además, al enviar los datos a la DIRF (FINA401), la rutina también verificará si existe el prorrateo del impuesto a la renta para más de un RCPF, enviando el rendimiento y el valor del tributo de cada uno. Si no existe el prorrateo entre más de un RCPF, el envío a la DIRF considerará el RCPF registrado en el proveedor (campo A2_CPFIRP) como si fuera el principal y único responsable por la retención del impuesto a la renta.

02. ARCHIVO DE RCPF PARA PRORRATEO

  1. En el financiero (SIGAFIN), acceda a Actualizaciones / Archivos / Proveedores(MATA020). Registre un proveedor del tipo Jurídico (A2_TIPO) con retención de IRRF (A2_CALCIRF). Informe el campo IRRF Prog = Sí (A2_IRPROG) e informe el RCPF principal en el campo RCPF IR Progr (A2_CPFIRP). Una vez informados estos campos, se permitirá acceder a la opción "RCPF IR Progr." en "OtrasAcciones", en caso contrario aparecerá el mensaje para completar estos campos.

    Importante

    Si el tipo de proveedor (A2_TIPO) fuera persona física, no habrá la necesidad de completar los campos IRRF Prog (A2_IRPOG) y CPF IR Progr (A2_CPFIRP) para acceder a la opción "RCPF IR Progr."

  2. En la pantalla para registros del "RCPF IR Progr", el RCPF informado en la pantalla de proveedores ya vendrá previamente informado. Informe el % de prorrateo y el nombre para este RCPF y registre los demás RCPF necesarios. Importante: la suma del porcentaje de todos los RCPF registrados debe ser del 100%.
  3. Confirme la pantalla de registro del "RCPF IR Progr". En este momento, la tabla FKJ-Archivo de RCPF IR Progresivo no se grabó, esta se grabará solo al confirmar el registro del proveedor, ídem para el borrado. En el caso de modificación, las informaciones se grabarán al cofirmar la pantalla del "RCPF IR Progr", sin la necesidad de confirmar la pantalla de registro del proveedor.


Aviso

El modo compartido de las tablas FKJ y SA2 debe ser igual, según el estándar del sistema, para garantizar la consistencia de los datos.

03. EJEMPLO DE UTILIZACIÓN

  1. Registre el título por pagar por medio de la rutina Cuentas por Pagar (FINA050) informando una modalidad y proveedor que calculan IR en la emisión.
  2. Al informar el valor del título, se calculará el valor del IR considerando el 100% del valor para el proveedor. El prorrateo del IR solo ocurrirá al informar el campo "Genera Dirf" = Sí (E2_DIRF) y el código de retención (E2_CODRET) que pertenece al parámetro MV_RETIRRT.
  3. Al realizar el recálculo considerando el prorrateo entre los RCPF registrados, el campo "Valor del IRRF" (E2_IRRF) se informará con la suma de los valores calculados del IR para cada RCPF. Para verificar los detalles del cálculo de cada RCPF, en "Otras Acciones", acceda a la opción "Prorrateo del IR Progresivo". Se mostrará la pantalla con las informaciones de base, alícuota utilizada, valor del IR calculado individualmente.

4. Al grabar el título, la generación de los títulos del IR será proporcional, es decir, se generará 1 TX de IR para cada RCPF informado anteriormente.

1. Registre el documento fiscal por la rutina Documento de entrada (MATA103) informando una modalidad, un proveedor y un producto que calculen IR en la emisión. (Retención de IR)

2. Al informar el valor del documento y la modalidad se calculará el valor del IR considerando el prorrateo por RCPF previamente registrado en el proveedor. 

3. Vaya a a la solapa de impuestos y seleccione la opción "Genera Dirf" = Sí, e informe el código de retención perteneciente al parâmetro MV_RETIRRT.

4. En la solapa de facturas de crédito, el valor del IR será correspondiente a la suma de valores calculados de IR para cada RCPF.

5. Al grabar el documento de entrada, la generación de los títulos de IR será proporcional, es decir, se generará 1 TX de IR para cada RCPF informado anteriormente.


  1. Registre el título por pagar por la rutina Cuentas por Pagar (FINA050) informando una modalidad y proveedor que calculan el IR en la baja. Como el cálculo del IR Progresivo está en la baja, el "Valor del IRRF" (E2_IRRF) queda en cero. 

Observación: En este primer momento, para el IR en la baja se calculará el prorrateo para cualquier proveedor que tiene RCPF registrados sin la necesidad de informar los datos a la DIRF.

2. Al realizar la baja del título por medio de la rutina Bajas por Pagar (FINA080), se calculará el valor del IR prorrateado entre los RCPF. Para verificar los detalles del cálculo de cada RCPF, en "Otras Acciones", acceda a la opción "Prorrateo del IR Progresivo" en la pantalla de baja.  

3. Al grabar la baja del título, se generarán los títulos del IR proporcional para cada RCPF, es decir, se generará 1 TX del IR para cada RCPF registrado. 

Importante

Si se informara un código de retención que no pertenece al parámetro MV_RETIRRT, los títulos por pagar se incluirán sin prorrateo, es decir 100% del valor será retido para el referido proveedor sin tener en em consideración sus registros en la tabla FKJ (ARCHIVO DE RCPF IR PROGRESIVO).

Observaciones

La opción "Prorrateo del IR Progresivo" solo estará disponible cuando se calcule el prorrateo del IR por RCPF.

Al generar los datos a la DIRF (FINA401), los títulos del impuesto a la renta de este proveedor se enviarán a la tabla SR4-Ítems DIRF/Informe Rendimiento, prorrateados según el porcentaje registrado para cada RCPF.

04. EJEMPLO DE CÁLCULO CON PRORRATEO DE IR

Tabla progresiva:

Base de cálculo (R$)Alícuota (%)Cuota por deducir del IRPF (R$)
Hasta 1903,990%R$ 0,00
Hasta 2.826,657,5%R$ 142,80
Hasta 3.751,0515%R$ 354,80
Hasta 4.664,6822,5%R$ 636,13
Hasta 999.999,9927,5%R$ 869,36

    Se registró el siguiente proveedor:

    FOR001 - Proveedor PJ
    Nombre: LOCAIMOVEIS LTDA
    CGC 01.002.003/0001-01
    Para este proveedor, se informó el IR Prog = Sí (A2_IRPROG) y el RCPF IR Progr = 80619067756 (A2_CPFIRP).
    Además de este propietario, se tiene otro propietario, entonces, acceda al registro de "RCPF IR Progr." en "Otras Acciones", informando el porcentaje de cada RCPF:
    RCPF 1:  806.190.677-56 - 60% - Nombre: José da Silva
    RCPF 2: 704.371.144-49 - 40% - Nombre María da Silva


    Se incluyó un título por pagar con código de retención 3208 (Alquileres royalties) por el valor de R$10.000,00 que retendrá el IR. 

    El cálculo del IR (tanto en la emisión como en la baja), considerando el prorrateo del RCPF se realizará de acuerdo con lo siguiente:

    1) Código retención 3208

    RCPF 1: 806.190.677-56 - Nombre: José da Silva

    Rendimiento: 60% de R$ 10.000,00 = R$ 6.000,00

    Alícuota: 27,5%

    Tributo: R$ 6.000,00 * 27,5% - Deducciones = R$ 780,64


    2) Código retención 3208

    RCPF 2: 704.371.144-49 - Nombre María da Silva

    Rendimiento: 40% de R$ 10.000,00 = R$ 4.000,00

    Alícuota: 22,5%

    Tributo: R$ 4.000,00 * 22,5% - Deducciones = R$ 263,87


    En el ejemplo anterior, se generaría una TS por el valor de R$ 780,64 para el RCPF 1 el otro TX por el valor de R$ 263,87 para el RCPF 2, totalizando R$ 1.044,51.

    Al generar los datos para la DIRF, se debe enviar para el RCPF 1, el rendimiento de R$ 6.000,00 y retención de R$ 780,64 y para el RCPF 2, el rendimiento de R$ 4.000,00 y retención de 263,87.


    IMPORTANTE

    Si solamente tuviera el registro de RCPF en el proveedor, se considerará 100% para este, enviándose la información de RCPF del campo A2_CPFIRP y el nombre del proveedor (A2_NOME) a la DIRF.


    En este escenario tenemos la misma inmobiliaria, sin embargo registrada dos veces con tiendas diferentes. Este escenario puede ocurrir cuando el mismo RCPF proprietario tenga dos imuebles alquilados, uno que es 100% de este y otro que este divide con un segundo RCPF, que en este caso será María.


    Importante

    Para que este escenario funcione perfectamente, es necesario que el parámetro MV_AGLIMPJ esté configurado con contenido = '3' y los proveedores tengan la misma raiz de RCPJ o el mismo RCPJ


    Se registró el siguiente proveedor:

    FOR001 - Proveedor PJ
    Nombre: LOCAIMOVEIS LTDA
    CGC 01.002.003/0001-01
    Para este proveedor, se informó el IR Prog = Sí (A2_IRPROG) y el RCPF IR Progr = 80619067756 (A2_CPFIRP).
    Además de este propietario, se tiene otro propietario, entonces, acceda al registro de "RCPF IR Progr." en "Otras Acciones", informando el porcentaje de cada RCPF:
    RCPF 1:  806.190.677-56 - 60% - Nombre: José da Silva
    RCPF 2: 704.371.144-49 - 40% - Nombre Maria da Silva


    FOR001 - Proveedor PJ
    Nombre: LOCAIMOVEIS LTDA
    CGC 01.002.003/0001-01
    Para este proveedor, se informó el IR Prog = Sí (A2_IRPROG) y el RCPF IR Progr = 80619067756 (A2_CPFIRP).
    Además de este propietario, se tiene otro propietario, entonces, acceda al registro de "RCPF IR Progr." en "Otras Acciones", informando el porcentaje de cada RCPF:
    RCPF 1:  806.190.677-56 - 60% - Nombre: José da Silva


    Se incluyó un título por pagar con código de retención 3208 (Alquileres royalties) por el valor de R$10.000,00 que retendrá el IR para el proveedor FOR001 tienda 01

    El cálculo del IR (tanto en la emisión como en la baja), considerando el prorrateo del RCPF se realizará de acuerdo con lo siguiente

    1) Código retención 3208

    RCPF 1: 806.190.677-56 - Nombre: José da Silva

    Rendimiento: 60% de R$ 10.000,00 = R$ 6.000,00

    Alícuota: 27,5%

    Tributo: R$ 6.000,00 * 27,5% - Deducciones = R$ 780,64


    2) Código retención 3208

    RCPF 2: 704.371.144-49 - Nombre María da Silva

    Rendimiento: 40% de R$ 10.000,00 = R$ 4.000,00

    Alícuota: 22,5%

    Tributo: R$ 4.000,00 * 22,5% - Deducciones = R$ 263,87


    Se generará un TX por el valor de R$ 780,64 para el RCPF 1 y otro TX por el valor de R$ 263,87 para el RCPF 2, totalizando R$ 1.044,51.


    Se incluyó un título por pagar con código de retención 3208 (Alquileres y royalties) por el valor de R$5.000,00 que retendrá el IR, para el proveedor FOR001 tienda 00, recordando que este proveedor solamente esta vinculado al RCPF de José da Silva.

    El cálculo del IR (tanto en la emisión como en la baja), considerando el prorrateo del RCPF se realizará de acuerdo con lo siguiente:

    1) Código retención 3208

    RCPF 1: 806.190.677-56 - Nombre: José da Silva

    Rendimiento: 100% de R$ 5.000,00 + R$ 6.000,00 (Rendimiento del título anterior) = R$ 11.000,00

    Alícuota: 27,5%

    Tributo: R$ 11.000,00 * 27,5% - Deducciones - R$ 780,64 (Impuesto retenido anteriormente) = R$ 1.375,00


    Se generará un TX por el valor de R$ 1.375,00 para el RCPF de José




    05. TABLAS

    SA2- ARCHIVO DE PROVEEDORES
    FKJ - ARCHIVO DE RCPF IR PROGRESIVO
    SE2 - TÍTULOS POR PAGAR

    06. OTRAS INFORMACIONES

    IRRF - ALQUILER - DIVISIÓN DE RENDIMIENTOS ENTRE BENEFICIARIOS PERSONAS FÍSICAS

    IRRF - Pago de alquiler - incidencia de intereses y multa en la base de cálculo del IRRF